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La Consejería de Salud gestionará las familias numerosas en Andalucía

El Consejo de Gobierno ha aprobado la modificación del Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud

El consejero de Salud, Jesús Aguirre ABC

S. A.

La Secretaría General de Familias , dentro de la Consejería de Salud y Familias, pasa de tener la competencia del «reconocimiento, expedición y renovación del título de familia numerosa » a la de «la dirección y coordinación de las políticas en materia de familia numerosa».

El Consejo de Gobierno ha aprobado la modificación del Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud (SAS) para redistribuir las funciones asignadas a algunos de sus órganos, con el fin de mejorar la eficiencia y facilitar el logro de los fines que se persiguen.

Así, se introduce una nueva disposición adicional quinta en el decreto de estructura, donde la competencia del reconocimiento , expedición y renovación del título de familia numerosa se desconcentra en las personas titulares de las delegaciones territoriales.

Entre otras novedades, las competencias de diseño del Plan Andaluz de Salud pasan de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica a la Viceconsejería.

En cuanto a la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, se matiza la atribución de la competencia de « desarrollo y evaluación de los planes integrales y sectoriales » que tiene asignada la Dirección General de Salud Pública y OrdenaciónFarmacéutica, para aclarar que esa competencia sólo se refiere a dichos planes cuando se desarrollan en el ámbito de la salud pública.

En lo que se refiere a la Dirección General de Cuidados Sociosanitarios, se le atribuyen las competencias del desarrollo y la evaluación de los planes integrales y sectoriales en el ámbito de los cuidados sociosanitarios, así como la promoción de la participación activa de la ciudadanía en las políticas de salud , una función esta última que anteriormente dependía de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica. Por su parte, la Secretaría General Técnica asume las funciones de la Unidad de Igualdad de Género de la Consejería.

En cuanto al Servicio Andaluz de Salud , se atribuye a la Dirección Gerencia la competencia de «la gestión y evaluación de los riesgos sanitarios derivados de la responsabilidad patrimonial y su impacto en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud y en las entidades adscritas al mismo , así como la ejecución y seguimiento de la gestión de la responsabilidad patrimonial en el ámbito de la prestación asistencial sanitaria y la correspondiente gerencia de riesgos». Hasta ahora, esta función correspondía a la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados .

Según ha señalado, esta nueva estructura no supone ni implica ningún gasto adicional en el Presupuesto de la Junta de Andalucía .

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