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Nuevas medidas Covid

Así es el BOJA: el inicio del toque de queda en Andalucía sigue a las diez de la noche

Tras el anuncio ayer de las restricciones por parte de Juanma Moreno y la negativa este sábado del Gobierno a conceder las peticiones del presidente, la Junta publica el Boletín Oficial

El Gobierno no permite a Andalucía los confinamientos domiciliarios pero sí estudiará el adelanto del toque de queda

Las diez nuevas medidas de Andalucía para combatir el coronavirus y frenar la tercera ola

Miembros de la Policía Local de Sevilla piden documentación a conductores para ver si cumplen con el toque de queda de Andalucía ABC
Ramón Román

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La «explosión» de la tercera ola del coronavirus ha provocado que sean muchas las comunidades que se han visto obligadas a actuar. Así, Andalucía ha sido una de las que ha anunciado nuevas medidas contra el Covid, las cuales entrarán en vigor a las 00.00 horas este 17 de enero (madrugada del sábado al domingo) después de que la Junta haya publicado el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) . Estarán en vigor hasta el 31 de enero a las 23.59 horas.

El presidente, Juanma Moreno , ya había explicado las claves más importantes en su comparecencia de la noche del viernes, pero había un par de medidas que estaban pendientes de que el Gobierno de Pedro Sánchez las aceptara.

Porque Andalucía quería adelantar el toque de queda a las 20.00 horas y había solicitado permiso para realizar confinamientos domiciliarios en aquellos municipios en los que la tasa de contagios estuviera disparada. Pues bien, Salvador Illa , ministro de Sanidad, intervino esta mañana en rueda de prensa para dejar claro que no va a permitir a las comunidades confinar , aunque sí abrió la posibilidad al adelanto del toque de queda , algo que comentó que tratará con las que estén interesadas en ello.

Así pues, el toque de queda en Andalucía se queda de 22.00 a 06.00 horas, ya que Juanma Moreno indicó que así sería en caso de que el Gobierno no atendiera su petición. Por lo demás, se confirma el cierre perimetral de la comunidad, de las provincias y de los municipios que superen la incidencia de 500 casos por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días.

Del mismo modo, el BOJA indica que existe el cierre de la hostelería y el comercio no esencial en los 91 municipios que tienen una tasa de contagio superior a 1.000 casos por 100.000 habitantes. Además, los bares y restaurantes de Andalucía, así como los comercios, tendrán que cerrar a las 18.00 horas .

También se confirma lo avanzado ayer por Juanma Moreno con respecto a las reuniones de personas. El máximo pasa de seis a cuatro , tanto en el ámbito privado (casas) como en el público (calle y bares).

Resumen de las medidas

1. Se mantiene el cierre perimetral de Andalucía. Sólo se puede entrar o salir con causa justificada.

2. Cierre de hostelería y comercio a las 18 horas.

3. Reuniones de 4 personas, incluidas mesas en bares y restaurantes.

4. Cierre perimetral de las ocho provincias.

5. Cierre perimetral de los 219 municipios con tasa de contagio superior a 500 casos por 100.000 habitantes.

6. Cierre de la hostelería y el comercio no esencial en los 93 municipios (de esos 219) con tasa de contagio superior a 1.000 por 100.000 habitantes (nivel 4). En un principio estaba en Nivel 4, grado II el distrito del Campo de Gibraltar, salvo Jimena de la Frontera y San Martín del Tesorillo, por tener entre 500 y 1.000 casos por cada 100.000 habitantes. Sin embargo, el comité de expertos ha considerado que esos dos municipios deben entrar también en Nivel 4, grado II, por lo que no se permitirá en ellos ninguna actividad no esencial. En los otros 126 municipios con tasa de contagio superior a 500 casos estarán cerrados perimetralmente pero se permitirán actividades de hostelería hasta las 18.00 horas.

7. El toque de queda se mantiene de 22.00 a 6.00 horas, ya que el Gobierno no ha dejado de 20.00 a 6.00 horas, a expensas de que se negocie con las comunidades autónomas que lo soliciten.

8. Los servicios de restauración podrán realizar entregas a domicilio hasta las 23.30 horas, estableciéndose como hora límte para ralizar pedidos las 22.30 horas. Igualmente podrán suministrar servicios de recogida de comida para llevar hasta las 21.30 horas. En los servicios de recogida en el establecimiento, el cliente deberá realizar el pedido por teléfono.

9. Movilidad autorizada para deportistas federados, jueces y árbitros, para competiciones y entrenamientos. Sin acompañantes.

10. En cuanto a la limitación de movimientos entre las provincias de Andalucía, se permitirán desplazamientos «para la práctica de deportes de invierno de ocio sobre nieve o hielo, que se acreditará mediante la presentación del abono para utilizar los remontes (forfait) en una estación de esquí, previamente adquirido, siempre que no procede de municipo con cierre perimetral».

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