Restricciones Coronavirus Andalucía
¿Puedo ir de compras en el municipio en el que trabajo con las medidas actuales?
El Gobierno andaluz no permite realizar ninguna actividad más allá del motivo justificado que ampara la movilidad entre municipios confinados
El Gobierno andaluz ha cerrado a un gran número de municipios debido a las restricciones por el avance del coronavirus en Andalucía . La movilidad dentro de la comunidad autónoma está restringida entre provincias , tampoco se puede salir o entrar ... de la propia comunidad y a esto se le suma los confinamientos de aquellas localidades que superen los 500 contagios de Covid-19 por 100.000 habitantes.
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Sin embargo, hay excepciones para estas limitaciones de movilidad para, por ejemplo, aquellas personas que por motivos laborales tienen que desplazarse a un municipio en el que no residen. En el BOJA publicado el pasado 8 de enero , la Junta de Andalucía incluyó dichas excepciones respecto al cierre perimetral , y en el BOJA del 16 de enero el Gobierno andaluz sumó algunas salvedades más.
En el caso de asistir a un funeral, sólo se podrá permanecer el tiempo que dure el evento
Según fuentes de la Consejería de Salud a ABC, estas excepciones están pensadas para llevar a cabo el «motivo justificado de forma exclusiva». Es decir, si se asiste al funeral de un familiar directo sólo se podrá permanecer el tiempo que dure el evento y, una vez finalizado, no se podrá permanecer en el municipio para ninguna otra actividad.
Otro ejemplo es el de aquellas personas que trabajan en municipios diferentes a los que residen . Por regla general, en el certificado de movilidad que la empresa facilita debe aparecer la franja horaria en la cual el empleado ejerce su actividad laboral, por lo que éste no podrá alargar su estancia más allá de esta horquilla de tiempo sin tener oportunidad de ir de compras o tomar algo en un bar tras cumplirse la jornada laboral.
Salud insta a los ciudadanos a que cumplan las medidas publicadas en el BOJA que estén en vigor en su municipio en función del nivel de alerta en el que se encuentre. Además, apela al «sentido común» de los andaluces a la hora de salir del municipio sólo por «motivos justificados».
Excepciones de movilidad
En resumen, las excepciones de movilidad permitidas en Andalucía son las siguientes:
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios .
- Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales .
- Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos , incluidas las escuelas de educación infantil.
- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes , personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
- Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos , judiciales o notariales.
- Renovaciones de permisos y documentación oficial , así como otros trámites administrativos inaplazables.
- Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
- Desplazamiento para la realización de actos de recolección en huertos por sus propietarios o arrendatarios , así como la atención y alimentación de animales.
- Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.
- Desplazamientos de deportistas de categoría absoluta, de alto nivel o de alto rendimiento , entrenadores, jueces o árbitros federados, para las actividades deportivas de competiciones oficiales que se encuentren autorizadas en cada momento por las autoridades sanitarias, que se acreditarán mediante licencia deportiva o certificado federativo.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
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