Las ayudas a las que pueden acogerse las personas con una hipoteca de tipo variable
La subida de 0,5 puntos de los tipos de interés acometida por el Banco Central Europeo (BCE) el pasado 15 de diciembre supuso un nuevo varapalo para los hipotecados
Así afectará la nueva subida de los tipos de interés del BCE a las hipotecas
Tras la Fed, llega el BCE: ¿cuánto subirán hoy los tipos de interés?

La subida de 0,5 puntos de los tipos de interés acometida por el Banco Central Europeo (BCE) el pasado 15 de diciembre supuso un nuevo varapalo para los hipotecados, que vieron cómo el euríbor pasó en 2022 de estar en tasas negativas a rozar el 3%, tal y como ya informó este diario.
Aunque -de cara al 2023 y teniendo en cuenta que el BCE aflojará, en principio, el ritmo de subidas de los tipos de interés porque la inflación está ahora más moderada- organismos como Funcas ya prevén un euríbor mucho más estable, existe una serie de ayudas a las que pueden acogerse las personas con una hipoteca de tipo variable.
En su página web, el BCE explica que «el Real Decreto-ley 19/2022 contempla medidas para aliviar la carga de tu hipoteca si se cumplen determinados requisitos». A esto añade que dichas medidas solo afectan a las hipotecas sobre vivienda habitual y que se aplica en dos supuestos.
El primer caso se da cuando el precio de la vivienda sobre la que pesa la hipoteca no es superior a 300.000 euros; la renta del propietario es inferior a tres veces y media el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), es decir, 29.400 euros anuales previstos para 2023; así como que la carga hipotecaria sea superior al 30 % de la renta y que además, haya subido, al menos, un 20 %. Una vez que se cumplan estos tres requisitos, es posible, durante un plazo de dos años congelar la cuota hipotecaria durante doce meses, cambiar el tipo variable por uno fijo u obtener un alargamiento del plazo del préstamo de hasta siete años.
El segundo supuesto se produce cuando la renta es inferior a tres veces el IPREM, o sea, 25.200 euros anuales y más del 50% de la misma se destina al pago de la hipoteca. Si se cumplen estas condiciones, es posible solicitar una carencia de dos años, pagar un tipo de interés menor durante la carencia u obtener un alargamiento del plazo de hasta siete años.
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