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Estas son las ayudas que pueden pedir los jóvenes menores de 30 años que no encuentren empleo

En España existen multitud de programas que brindan apoyo financiero y recursos a personas desempleadas y grupos vulnerables

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Dos jóvenes consultan ayudas por desempleo en el ordenador ADOBESTOCK
Á. G.

Á. G.

Sevilla

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En España, la búsqueda de empleo, especialmente para los jóvenes, a menudo es un desafío complicado. La falta de experiencia laboral, la alta tasa de desempleo juvenil y la competencia en el mercado laboral son obstáculos significativos. Por eso, para hacer frente a estas situaciones, diversos organismos públicos han establecido ayudas y subsidios para apoyar a los jóvenes en su búsqueda de trabajo.

En nuestro país existen multitud de programas que tienen como objetivo brindar apoyo financiero y recursos a los jóvenes desempleados, así como a otros grupos vulnerables. Son, además, iniciativas esenciales para mitigar el impacto del desempleo en la juventud y para fomentar el acceso al mercado laboral. A continuación, detallamos cuáles son las ayudas que pueden pedir los jóvenes menores de 30 años que no encuentren empleo.

En primer lugar, mencionamos un programa amplio como es el de 'Garantía Juvenil', expuesto por el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal). Se trata de una iniciativa respaldada por la Unión Europea con el propósito de ayudar a jóvenes que no están empleados ni estudian a encontrar un trabajo o programas educativos. Está destinado a ciudadanos españoles empadronados en cualquier lugar del país, con edades comprendidas entre 16 y 30 años, que no hayan trabajado ni estén matriculados en programas educativos el día previo a su inscripción. Este programa brinda apoyo a través de diversos mecanismos, incluyendo ayudas para incentivar la contratación de jóvenes por parte de empresas, ofertas de cursos y programas de formación, prácticas laborales, programas de aprendizaje y oportunidades de empleo.

Una joven busca ofertas de trabajo en el ordenador ADOBESTOCK

El 'Subsidio por cotizaciones insuficientes' es un apoyo económico, similar al paro, dirigido a aquellos que han cotizado menos de 365 días. Su gestión corresponde al SEPE y su duración varía en función del tiempo cotizado y de si el solicitante tiene o no responsabilidades familiares. En el caso de tener cargas familiares, el subsidio se extiende por tres, cuatro o cinco meses si se han cotizado esas fechas, respectivamente, y hasta 21 meses si se han cotizado seis meses o más (con posibilidad de prórroga). Si no se tienen responsabilidades familiares, el subsidio se otorga por un período de seis meses para aquellos que han cotizado ese tiempo o más. Los requisitos incluyen estar desempleado, estar inscrito como demandante de empleo, haber cotizado al menos tres meses si se tienen cargas familiares o al menos seis si no se tienen, y no haber cotizado durante un período continuo de 360 días. Además, los ingresos no deben superar el 75% del salario mínimo interprofesional, excluyendo las pagas extraordinarias. Actualmente, la cuantía mensual de este subsidio por desempleo asciende a 480 €, equivalente al 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).

Imagen de una persona siendo atendida en una oficina del SEPE en Andalucía EP

Otra ayuda gestionada por el SEPE, no necesariamente dirigida a jóvenes, aunque bien pueden adherirse a ella, es el 'Subsidio por desempleo con cargas familiares'. Está destinado a personas que han agotado su prestación contributiva y tienen responsabilidades familiares. Los requisitos incluyen estar en situación de desempleo, inscribirse como demandante en el plazo de un mes a partir del agotamiento de la prestación contributiva, suscribir un acuerdo de actividad y no rechazar ofertas de empleo adecuadas ni negarse, sin causa justificada, a participar en acciones de formación o promoción profesional. Además, los solicitantes deben carecer de ingresos que superen el 75% del salario mínimo interprofesional y cumplir con las condiciones sobre las rentas. Con respecto a la duración, el límite es de 6 meses, con posibilidad de prórroga (en función de la duración de la prestación contributiva agotada y la edad del solicitante). En el caso de los menores de 45 años, si se ha agotado una prestación contributiva de al menos cuatro meses, se tiene derecho a seis meses de subsidio (prorrogables hasta un máximo de 18 meses). Y se se ha agotado la prestación contributiva de al menos seis meses, se tiene derecho a otros seis meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 24. Al igual que el anterior, la cuantía mensual actual de este subsidio es de 480 € (el 80% del IPREM).

Imagen de una persona cuidando a un familiar ADOBESTOCK

Por otra parte, muchos jóvenes españoles que han vuelto a nuestro país desde otros en los que han trabajado, pueden acogerse al 'Subsidio para personas emigrantes retornadas', también gestionado por el SEPE. En concreto, esta ayuda se dirige a las personas que regresan a España después de haber trabajado en países no pertenecientes a la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza, y que no tienen derecho a la prestación contributiva debido a cotizaciones de desempleo insuficientes en los seis años anteriores a su salida. Los requisitos son similares a los de otros subsidios, aunque con algún que otro matiz. En concreto, el solicitante debe estar desempleado, haber estado inscrito como demandante de empleo durante al menos un mes y mantener esta inscripción durante la duración del subsidio. Además, debe haber trabajado un mínimo de doce meses en los últimos seis años desde su última salida de España. Las rentas no deben superar el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional, excluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias. La duración del subsidio es de seis meses, con posibilidad de prórroga por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos. La cuantía mensual se mantiene en esos 480 €, equivalentes al 80 % del IPREM.

Imagen de una joven en un aeropuerto ADOBESTOCK

Otra ayuda concreta de la que pueden disfrutar los jóvenes es esta otra que emite el SEPE, dirigida a personas que han sido excarceladas después de una privación de libertad de más de seis meses y se encuentran en situación de desempleo. Los requisitos para acceder a este subsidio son los habituales, incluyendo su inscripción como demandante de empleo en el plazo de un mes desde la excarcelación, así como mantener la inscripción durante la duración del subsidio y no rechazar ofertas de trabajo adecuadas ni negarse a participar en acciones de promoción, formación o reconversión profesional sin causa justificada. Además, los solicitantes no deben tener derecho a la prestación contributiva por desempleo. Con respecto a la duración, inicialmente es de seis meses, con posibilidad de prórroga por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses, siempre que se cumplan los requisitos. Como en casos anteriores, la cuantía mensual de este subsidio es de 480 €, equivalentes al 80 % del IPREM. Asimismo, un rasgo destacable de esta ayuda es que puede ser concedida a menores de edad que hayan sido privados de su libertad durante más de seis meses y a quienes hayan completado un tratamiento de deshabituación de la drogodependencia por un período similar.

Imagen de un joven en prisión, a la espera de obtener la libertad ADOBESTOCK

La última ayuda del SEPE que citamos es este 'Subsidio extraordinario por desempleo', regulado en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Se destina a personas en desempleo total que cumplen con ciertos criterios específicos: haber agotado cualquier subsidio por desempleo a partir del 5 de julio 2018 o que lo haya agotado entre el 1 de marzo de 2018 y el 4 de julio de 2018. También pueden acceder personas desempleadas de larga duración que hayan agotado prestaciones por desempleo, PREPARA o RAI y estuvieran inscritas como demandantes de empleo el 1 de mayo de 2018. Los requisitos generales incluyen, como normalmente, no tener derecho a la protección por desempleo de nivel contributivo o asistencial, no cumplir la edad para acceder a la pensión de jubilación, carecer de rentas mensuales superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, acreditar responsabilidades familiares, haber cesado de manera involuntaria en el último trabajo, no haber recibido previamente la ayuda económica de acompañamiento establecida en el Programa de Activación para el Empleo (PAE), no estar trabajando a tiempo parcial o no tener suspendido su contrato de trabajo en la fecha de la solicitud, y no haber sido beneficiario con anterioridad de este subsidio. La duración máxima del subsidio es de 180 días, y la cuantía se establece en el 80% del IPREM vigente; es decir, en 480 €.

Imagen de una joven buscando ofertas de empleo en el ordenador ADOBESTOCK

El 'Ingreso Mínimo Vital' es una prestación de la Seguridad Social destinada a prevenir la pobreza y la exclusión social de personas que viven solas o están en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos para satisfacer sus necesidades básicas. Este programa establece un derecho subjetivo a una prestación económica que garantiza un nivel mínimo de renta para aquellos en situación de vulnerabilidad económica, contribuyendo así a mejorar las oportunidades de inclusión social y laboral de muchos jóvenes, entre otros solicitantes. Para acceder al IMV, los requisitos generales incluyen tener residencia legal en España durante el último año, vulnerabilidad económica basada en patrimonio, activos y nivel de ingresos, y que la unidad de convivencia haya existido durante al menos seis meses. Sobre la cuantía, esta varía según la composición de la unidad de convivencia y las circunstancias personales, incluyendo un incremento por miembro adicional, un complemento para unidades monoparentales y otro para personas con discapacidad igual o superior al 65%. Además, se otorga un complemento mensual de ayuda para la infancia por cada menor de edad en la unidad de convivencia. Según la web del Gobierno, la cuantía base en este 2023 para un beneficiario individual es de 565,37 €.

Varios usuarios a las puertas de una oficina de empleo de la Seguridad Social en Málaga MIGUEL FERNÁNDEZ

Cerramos este listado de ayudas que pueden pedir los jóvenes menores de 30 años que no encuentren empleo con la 'Renta Mínima de Inserción' (RMI), también conocida como Salario Social. Se trata de una ayuda destinada a personas en riesgo de exclusión social que carecen de ingresos mínimos para mantener una calidad de vida básica. La gestión se lleva a cabo a nivel autonómico, y en el caso de Andalucía, es responsabilidad de la Junta. La RMI en Andalucía, establecida por el Decreto-Ley 3/2017, se enfoca en la erradicación de la marginación, la desigualdad y la lucha contra la exclusión social. Tienen derecho a esta prestación las unidades familiares con residencia administrativa en Andalucía que se encuentren en situación de pobreza, exclusión social o riesgo de estarlo, siempre que cumplan los requisitos establecidos. Además, se considera a aquellas personas en situaciones de urgencia o emergencia social, aunque no cumplan todos los requisitos. La RMI en Andalucía consiste en una prestación económica mensual que equivale al 100% del importe anual de las pensiones no contributivas, siendo la cuantía mínima de 533,52 €.

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