Declaración de la Renta 2023: las retenciones en el sueldo según los nuevos tramos
Según las retenciones que se hayan aplicado durante el ejercicio económico la declaración será de una manera u otra
Cambios fiscales: estos son los nuevos trabajadores exentos de declarar la renta en 2023
La herramienta con la que puedes calcular la retención del IRPF y que tiene acceso desde el móvil

El próximo mes de abril dará comienzo la campaña de la Renta 2022/2023, abriéndose el plazo para que todos los contribuyentes a los que les corresponda realicen y presenten sus declaraciones, un proceso tedioso para muchos y en ocasiones incierto.
Antes de que llegue ese momento, hay que tener en cuenta que este año se estrena la actualización de los tramos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), lo que supone un cambio en las retenciones fiscales de los trabajadores.
Mientras mayores sean los ingresos de los trabajadores, mayores son también las retenciones impositivas, dado que el IRPF es un impuesto de carácter progresivo. En función de cómo sean estas retenciones en relación a los ingresos de los contribuyentes, la declaración podría salir a pagar o a devolver.
Los tramos del IRPF en Andalucía se han fijado con diferentes tipos aplicables según la renta anual (base liquidable, la cuota íntegra y el resto de base liquidable). Estos van desde el 9,5 % mínimo (resto de base liquidable de 13.000 euros) hasta el 22,5 % máximo (base de 60.000 euros y resto superior a los 24.800). Para los casos intermedios el IRPF aplicable puede ser del 12, 15 o 18,5 %.
A cada uno de los tramos de ingresos brutos anuales se les aplica un porcentaje determinado, cantidades que se han actualizado para el presente ejercicio. Así, los tramos de retenciones quedan establecidos de la siguiente manera:
— Hasta 12.450 euros, la retención será del 19 %.
— De 12.450 a 19.999 euros, el IRPF aplicado será del 24 %.
— De 20.200 a 35.199 euros, la retención será del 30 %.
— De 35.200 a 59.999 euros, esta alcanzará un porcentaje del 37 %.
— De 60.000 a 299.999 euros, se aplicará un 45 % de IRPF.
— A partir de 300.000 euros, este se incrementará hasta el 47 %.
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