Matrimonio: ¿separación de bienes o gananciales?
Cada uno de estos regímenes matrimoniales tiene unas características y es importante saber qué obligaciones conllevan
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Cuando se decide contraer matrimonio, además de los preparativos para organizar una boda hay que tener en cuenta también una serie de trámites en los que habrá que pensar de cara al futuro. En este sentido, según la legislación española, hay varios regímenes económicos matrimoniales. Estos son: gananciales, separación de bienes y de participación. Cada uno de ellos tiene unas características y es importante conocer en qué consisten y qué obligaciones conlleva cada uno de ellos.
Por una parte, con la separación de bienes, ambos cónyuges deciden administrar de manera separada su patrimonio. Para ello, tienen que llevar a cabo un acuerdo previo al matrimonio por el que se otorgan las «capitulaciones matrimoniales». Con este sistema, todo lo que gane cada persona durante el matrimonio no es de los dos, sino que es de quién lo ha ganado. También ocurre igual con las deudas. Son de quién las haya generado, no del matrimonio.
En el caso de gananciales, ambos cónyuges deciden que su patrimonio va a ser común. Por defecto, si no se ha firmado ningún tipo de acuerdo previo, el que se aplica es este sistema y si se quiere otro hay que dejarlo por escrito y acudir a un notario. En este caso, todo lo que una de las partes gane o pierda es de los dos, es decir, se comparte tanto lo positivo como lo negativo; por ejemplo, ya sea el premio de una lotería o el saldo negativo de una tarjeta de crédito.
Normalmente, cuando se contrae matrimonio se crea una cuenta bancaria común donde se domicilian todos los gastos de la unidad familiar y constituye lo que en Derecho se denomina «comunidad universal de bienes».
Estos dos sistemas son los más comunes pero hay un tercero, el de participación que es una mezcla de los dos. Es decir, cada cónyuge adquiere el derecho a participar en las ganancias obtenidas por el otro durante el tiempo que dicho régimen haya estado vigente.
Tener esto claro es importante de cara a que se plantee un divorcio o separación porque dependiendo del régimen, el reparto se hará de una forma u otra y es en este punto dónde pueden surgir los problemas o conflictos. No siempre se reparte el dinero que se haya generado en la cuenta en común y listo sino que habrá que valorar de qué manera se ha ido aportando a la cuenta, qué porcentajes han correspondido a cada uno y qué patrimonio tiene el matrimonio.
Además, dentro del sistema de gananciales se excluyen los bienes heredados o donados y esto es importante tenerlo en cuenta cuando se produce una separación o divorcio. También ocurre con la vivienda. No es lo mismo que esta fuese de uno de los dos estando soltero (aunque tras el matrimonio los pagos de la hipoteca se hayan asumido por las dos partes) a que haya sido comprada durante el matrimonio. Cada situación particular, tendrá que ser analizada por un experto en esta materia.
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