Sevilla
Abengoa: La Audiencia rechaza investigar todos los correos de imputados en el contrato AVE Meca-Medina
Cree que la Asociación de Perjudicados de Abengoa intenta hacer una investigación completa del grupo y sus filiales

La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ha rechazado la intención de la Asociación de Perjudicados de Abengoa de que se ordene a la Policía Judicial su personación en las sedes de Abeinsa e Inabensa -filiales de la multinacional- para realizar una ... copia íntegra en formato digital de la totalidad de los correos electrónicos enviados y recibidos por los once querellados en la investigación de la presunta manipulación de las cuentas del AVE Meca-Medina.
En 2019, el Juzgado de Instrucción 3 de Sevilla ordenó requerir a esas filiales copia íntegra en forma digital de la totalidad de los correos electrónicos enviados y recibidos en sus direcciones corporativas por once investigados. A petición de algunos de esos investigados, el juzgado aclaró que la aportación de correos debía ceñirse a aquellos que ya constaban en el informe Forensic relacionados con la investigación, excluyendo otros contenidos que no tuvieran que ver con el procedimiento.
A continuación, la Asociación de Perjudicados de Abengoa pidió que se ordenara a la Policía Judicial hacer una copia de la totalidad de los correos electrónicos enviados y recibidos por los once investigados. El Juzgado de Instrucción 3 de Sevilla rechazó esa petición al entender que la diligencia de investigación de correos electrónicos tiene que ser respetuosa con la garantía de los derechos fundamentales , el derecho a la intimidad de los denunciados y circunscribirse a lo que sea relevante para la investigación, es decir, la presunta manipulación de cuentas del contrato del AVE Meca-Medina.
El instructor no consideró «admisible que este proc edimiento se convierta en una auditoría general del grupo Abengoa, ni este juzgado sería en cualquier caso competente para ello». Ahora la Audiencia coincide con el instructor al decir que lo que subyace en el recurso es el intento de la Asociación de Perjudicados de Abengoa de que la investigación alcance a todo el grupo Abengoa.
No a la ampliación de la querella
Por otra parte, la Audiencia de Sevilla ha rechazado varias peticiones de la Asociación de Perjudicados de Abengoa , entre ellas la de ampliar la querella que presentó en el Juzgado de Instrucción 3 por presunta manipulación o falseamiento de las cuentas en el proyecto del AVE Meca-Medina a Felipe Benjumea, expresidente ejecutivo de la empresa, o la propia matriz de la multinacional (Abengoa S. A.).
La querella se formuló primero contra dos filiales de Abengoa -Abeinsa e Inabensa - pero la Plataforma de Perjudicados de Abengoa pidió ampliarla en 2020 a Felipe Benjumea, expresidente de la multinacional; Manuel Sánchez Ortega, exvicepresidente de Abengoa; José Domínguez Abascal, exsecretario general técnico de la empresa ; y la propia matriz del holding (Abengoa S.A.) por entender que había quedado quedado acreditado que las irregularidades no sólo se limitaban al proyecto del AVE Meca-Medina, sino a todo el grupo Abengoa.
La Audiencia de Sevilla dictó un auto en octubre de 2019 en el que señalaba que había que ceñir la instrucción al contenido de la querella, «sin perjuicio de que en caso de que se acrediten otras irregularidades que engendren responsabilidad penal y que no hubieran prescrito se amplie la investigación a los extremos que resulten necesarios».
Causa general contra Abengoa
Asimismo, el instructor añadió noviembre de 2019 en otro auto que resultaba prematura la investigación general y prospectiva que la acusación particular propone realizar sobre todos y cada uno de los proyectos realizados desde el grupo Abengoa, presumiendo que irregularidades detectadas en el proyecto AVE Meca-Medina concurrieran de forma general en el proceder de este grupo empresarial». Sí consideró oportuno el juzgado requerir a las dos personas jurídicas contra las que se dirige la investigación -las sociedades Abeinsa Ingeniería e Instalaciones Inabensa- todos los datos que puedan resultar necesarios para un completo esclarecimiento de los hechos.
En febrero de 2021, el Juzgado de Instrucción 3 de Sevilla no admitió la ampliación de la querella recordando que ya había dejado claro que el objeto real de la investigación iba encaminado al esclarecimiento de si había existido manipulación o falseamiento de las cuentas de Abeinsa e Inabensa relacionadas con los proyectos del AVE Meca-Medina y edificios técnicos, debiendo comprobarse si hubiera existido alguna simulación relacionada con las facturas emitidas por la empresa Nicsa, filial de Abengoa.
Ahora la Audiencia de Sevilla se ratifica en que la querella no debe ser ampliada . «En la investigación de los hechos objeto de la querella ha de procederse de modo progresivo y no apresurado que comporta la 'inquisitio generali' que se propone por quien pretende una ampliación de la querella, que sin duda podría dar lugar a sucesivas ampliaciones, intentando que se lleve a efecto una investigación completa sobre el grupo Abengoa y sus filiales». Advierte la Audiencia que si fuera así, el Juzgado de Instrucción 3 de Sevilla no sería competente desde el inicio y eso es lo que se ha rechazado por parte de la Audiencia Nacional en varios autos.
Auren podrá hacer un informe pericial
Por otra parte, la Audiencia de Sevilla ha rechazado la pretensión de la Asociación de Perjudicados de Abengoa de impedir que Auren Auditores pueda hacer un dictamen en el procedimiento porque fue perito de parte del investigado Manuel Sánchez Ortega, exconsejero delegado de Abengoa, en unas diligencias seguidas en la Audiencia Nacional. La Audiencia destaca que Auren Auditores cuenta con cientos de profesionales y no ve conflicto de intereses para que pueda esclarecer si hubo falseamiento de las cuentas de Abeinsa e Inabensa en el proyecto del AVE Meca-Medina.
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