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Crisis en Abengoa

Los minoritarios de Abengoa plantean una acción de responsabilidad social contra el consejo

El colectivo, que ya representa ya al 15% del capital social, pedirá también responsabilidades al consejo cesado, que estuvo presidido por Gonzalo Urquijo

Juan Pablo López-Bravo, actual presidente de la matriz de Abengoa, y la consejera Margarida de la Riva ABC
María Jesús Pereira

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La Sindicatura de Accionistas Minoritarios de Abengoa (AbengoShares), que asegura haber superado el 15% del capital social, ha solicitado incluir en la próxima junta general una acción social de responsabilidad contra los administradores de la multinacional, de acuerdo con el artículo 238 de la Ley de Sociedades de Capital. Las responsabilidades se pedirán no sólo al c onsejo de administración cesado el 17 de noviembre (interado por Gonzalo Urquijo , Josep Piqué y otros), así como contra Juan Pablo López-Bravo (actual presidente de la matriz) y la consejera Margarida de la Riva Smith».

AbengoShares ha enviado un burofax a Juan Pablo López-Bravo para que haga cumplir los estatutos de Abengoa S.A., «al entender que el actual presidente está vulnerando los estatutos de la empresa y no está cumpliendo con el Código de buen Gobierno además de estar llevando a cabo actuaciones en contra del interés societario».

Responder solidariamente

La sindicatura recuerda que «tal como dispone el artículo 237 de la Ley de Sociedades de Capital «todos los miembros del órgano de administración que hayan adoptado un acuerdo o realizado acto lesivo contra la empresa, los accionistas o terceros responderán solidariamente» y «deben comunicar cuáles son las operaciones vinculadas con terceros de las que han tenido conocimiento al estar como indican aprobadas en junta y, por tanto, ser de carácter público».

A juicio de la sindicatur, «Juan Pablo López-Bravo y Margarida de la Riva Smith deben convocar junta general extraordinaria lo antes posible para detener el deterioro al que están sometiendo a la empresa, siendo de otro modo cómplices del agravamiento de la insolvencia de la sociedad. No hay cuentas de 2019 y tras un año de incumplimiento de esta obligación procede el cierre del libro del registro mercantil de Abengoa, no permitiendo nuevas inscripciones. Otro bloqueo más dañino para Abengoa. Tampoco se sabe nada de las cuentas de 2020. Ni se da información de la situación de los créditos legacy de la matriz ni de los pagos que se han hecho a proveedores».

Consejero dominical

Según este colectivo que ha sindicado su derecho de voto en las próximas juntas de accionies, «el artículo 42 de los estatutos de Abengoa S.A. debe prevalecer ante la Ley de Sociedades de Capital y proteger así a sus accionistas. Además, el comité de nombramientos y retribuciones de Abengoa ha quedado disuelto al no contar con sus tres miembros por lo que no pueden cooptar».

«De acuerdo con el artículo 174 de la Ley del Mercado de valores, la sindicatura cuenta con una participación significativa. En consecuencia y de acuerdo con el artículo 529 duodecies de la Ley de Sociedades de Capital, la sindicatura debe contar con un consejero dominical al contar con una participación significativa».

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