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El sector pesquero, contra la obligación de «fichar» a bordo

El recurso de alzada contra el Ministerio de Trabajo ha sido firmado también por las pequeñas cofradías

El recurso de alzada contra el Ministerio de Trabajo ha sido firmado también por las pequeñas cofradías ABC

Romualdo Maestre

El sector pesquero español ha presentado un recurso de alzada ante el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social contra la obligatoriedad de «fichar» a bordo de los barcos. Cabe recordar que con el decreto del Gobierno socialista de marzo de este año ya hubo una resolución de la Dirección General de Trabajo que concluyó que no existían actividades exentas de esta obligación. El recurso ha sido presentado por la Federación Nacional de Cofradías de Pescadores (FNCP), la Unión Nacional de Cooperativas del Mar de España (Unacomar) y la Confederación Española de Pesca (Cepesca). El sector pesquero hace uso de este instrumento legal tras reiteradas solicitudes realizadas al mismo Ministerio de Trabajo para que excluyera a la actividad pesquera de esta obligación por su especial idiosincrasia, y tras recibir la resolución antes mencionada, el pasado mes de septiembre. En Andalucía hay registrados 1.440 barcos de pesca y en el sector trabajan 4.107 personas, incluidos todos los grupos, como la acuicultura o los mariscadores de a pie.

Argumentación peregrina

En su escrito, el sector califica como una «argumentación absolutamente peregrina y superficial» que, para exigir el registro horario en los barcos de pesca, la resolución se apoye en el hecho de que el Convenio 180 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre las horas de trabajo a bordo y la dotación de los buques, lo exija para los barcos de la Marina Mercante, cuyo sistema de control de jornadas especiales de trabajo está regulado por el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre.

Además, el sector pesquero recuerda que este mismo convenio exige a los estados consultar a las organizaciones de armadores de barcos de pesca y de pescadores antes de aplicar esta obligación en un barco de pesca para determinar si tiene un efecto útil o por el contrario puede afectar negativamente a aspectos tan vitales como la seguridad y la salud a bordo. Según el sector, la no existencia de esta consulta ha creado una omisión que, según el recurso presentado, convierte en nula de pleno derecho la exigencia del registro en un barco de pesca. El sector pesquero también argumenta que ninguna norma nacional, de la Unión Europea o internacional impone la exigencia de registro horario en un barco de pesca.

De hecho, el propio Real Decreto Ley 8/2019 se remite en su preámbulo a las conclusiones del Abogado General en el Asunto C-55/18, que tampoco exige el registro de jornada y se limita a recoger la normativa existente sobre el número máximo de horas de trabajo y mínimo de descanso. Por otro lado, en derecho comparado, no se conoce ningún estado que exija este registro para los barcos de pesca.

Teniendo en cuenta las peculiaridades e imprevisibilidad de su actividad es imposible fichar

Por otro lado, el sector pesquero insiste en considerar de imposible cumplimiento la obligación del registro de jornada teniendo en cuenta las peculiaridades e imprevisibilidad de su actividad, sujeta a factores de difícil control, tales como los meteorológicos o las particularidades de la propia actividad pesquera.

El sector esgrime así mismo las especificidades propias de la pesca de bajura, de altura y de gran altura que, a su juicio, imposibilitan la aplicación de la norma. En este sentido, subrayan que la jornada de trabajo sólo depende de que haya o no pesca y que, por lo tanto, la permanencia de los tripulantes a bordo de un barco no implica que estén desarrollando una actividad laboral. Así mismo, los pescadores apunta las peculiaridades retributivas de su actividad que, en la mayoría de los casos se rige por un sistema de retribución «a la parte», que implica la repartición de los beneficios de las ventas de las capturas entre armadores y tripulantes.

Los portavoces de las tres organizaciones coinciden en que «la vida en el mar es muy diferente a la vida en tierra y tratar de introducir en ella esta normativa puede crear distorsiones que nadie de la gran familia pesquera desea. Seguramente —añaden—, si el sector hubiera sido consultado previamente, podríamos haber mostrado esta realidad que, además, hace completamente imposible la ejecución practica de la norma».

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