Hazte premium Hazte premium

Elecciones en Andalucía 2018

¿Hasta cuándo se puede votar por correo en las elecciones andaluzas?

Podrá solicitarse en cualquier oficina de Correos hasta el jueves 22 de noviembre y el último día permitido para su emisión será el miércoles 28; recuerde que una vez solicitado, ya no podrá acudir a votar el día 2 de diciembre en persona

¿Qué se necesita para votar por correo en las elecciones andaluzas?

El voto por correo puede solicitarse en cualquier oficina de Correos ABC

ABC

Este jueves 22 de noviembre termina el plazo para solicitar el voto por correo en las elecciones de Andalucía 2018 . Aunque para pedir y emitir el voto por correo está disponible desde el mismo día en que se convocaron los comicios, el pasado 9 de octubre, seguro que aún quedan algunos rezagados que desean ejercer su derecho y no saben cómo.

Ahora, los plazos se acortan, pero aún se está a tiempo. Lo primero que hay que aclarar es que puede votar por correo todas las personas electoras andaluzas que tengan vecindad administrativa ( estén empadronados ) en cualquiera de los municipios de Andalucía. El elector debe acudir a cualquier Oficina de Correos y solicitar el impreso correspondiente.

Debidamente cumplimentado, lo entregará personalmente en cualquier oficina de Correos, acreditando su identificación ante el empleado de Correos con la presentación de su DNI (en ningún caso fotocopia), que así se lo requerirá para la comprobación de su firma.

En unos días, llegará al domicilio indicado en dicho impreso un sobre con la documentación necesaria para emitir el voto.

[[Cómo votar desde el extranjero en las elecciones andaluzas]]

Una papeleta de color verde de cada una de las formaciones políticas que se presente a las elecciones al Parlamento de Andalucía en la circunscripción correspondiente y un sobre de votación de color verde , en el que se introducirá la papeleta elegida. El certificado de inscripción en el censo. Un sobre en el que figurará la dirección de la mesa donde le corresponde votar y una hoja explicativa sobre el proceso.

Debe tener en cuenta de que esta documentación debe ser recogida en persona por el solicitante y que, en caso de que no estuviese en su domicilio en el momento de la entrega, tendrá que ir personalmente a recogerla a la Oficina de Correos correspondiente.

Allí, remitirá por correo certificado su voto, en todo caso no más tarde del miércoles 28 de noviembre de 2018 . Este sobre no necesita franqueo.

[[Así votan los militares en alta mar o en misiones internacionales]]

El Servicio de Correos conservará hasta el día de la votación toda la correspondencia dirigida a las mesas electorales y la trasladará a éstas a las nueve de la mañana.

Asimismo, seguirá dando traslado de la correspondencia que pueda recibirse hasta las veinte horas del día de la votación. El Servicio de Correos llevará un registro de toda la documentación recibida, que estará a disposición de las Juntas Electorales .

Tenga en cuenta que los servicios de Correos remiten la solicitud de voto por correo debidamente cumplimentada a la Oficina del Censo Electoral, que hace la anotación correspondiente en las Listas del Censo. Por lo tanto, el elector que solicita el voto por correo ya no pueden votar personalmente .

[[Localizador de oficinas de Correos]]

Esta funcionalidad es sólo para suscriptores

Suscribete
Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación