Hazte premium Hazte premium

tribunales

El Supremo rebaja la condena a una grapo por las dilaciones indebidas de la Audiencia

Gema Belén Rodríguez deberá cumplir ocho años de cárcel en lugar de trece por participar en dos atracos en sucursales de La Caixa

ep

El Tribunal Supremo ha rebajado desde los 13 hasta los 8 años de cárcel la pena impuesta en su día por la Audiencia Nacional a la grapo disidente Gema Belén Rodríguez al apreciar dilaciones indebidas en la tramitación de la causa que se abrió contra ella por participar en dos atracos en sucursales de La Caixa, producidos en abril y mayo de 2002 en Madrid.

Durante la vista pública por esta causa ante el alto tribunal, celebrada el pasado 17 de abril, la defensa de Rodríguez solicitó la rebaja porque la causa por estos hechos estuvo paralizada durante más de cuatro años y medio y recordó además que esta mujer ahora es «una persona totalmente distinta» que ha dado a luz hace pocos meses, se ha desvinculado de la banda y no ha cometido delitos de sangre.

La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente Alberto Jorge Barreiro, acoge el primero de estos argumentos y precisa que «desde la perspectiva del derecho fundamental a celebrar el proceso en un plazo razonable», hay que considerar que el tiempo transcurrido entre la llegada a España de la acusada y la celebración del juicio contra ella en diciembre de 2011 fue de cinco años y diez meses.

La sentencia se dictó siete meses después . Toda vez que aunque la tramitación del proceso con respecto a ala acusada tardó aproximadamente seis años, apunta el alto tribunal, «la causa estuvo paralizada sin responsabilidad de la recurrente por un periodo superior a los cuatro años, tiempo que se considera suficientemente dilatado para considerar que se trata de una paralización tan grave que justifica la aplicación de la atenuante como muy cualificada».

Por ello, se modifica la sentencia dictada por la Audiencia Nacional y se imponen a Rodríguez cuatro años de prisión -en vez de los seis años y medio iniciales- por cada una de los dos delitos de robo con fines terroristas que cometió, manteniendo el resto de pronunciamientos. Es decir, el Tribunal Supremo mantiene la inhabilitación de 10 años por cada uno de los delitos y sigue debiendo indemnizar a La Caixa por el importe total de los sustraído, que fueron 25.290 euros, más los intereses legales.

Esta funcionalidad es sólo para suscriptores

Suscribete
Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación