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No se imputará delito por conducir sin carné mientras el recurso esté pendiente

El recurso de alzada se puede presentar en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la notificación de las DGT

No se imputará delito por conducir sin carné mientras el recurso esté pendiente efe

efe

Tráfico no imputará delito a conducir sin carné de conducir, es decir, cuando se haya perdido el total de los puntos, mientras esté pendiente la presentación de recurso en plazo o, en su caso, la resolución del mismo.

Así lo asegura en un comunicado Automovilistas Europeos Asociados (AEA), que adjunta una instrucción interna de la Dirección General de Tráfico (DGT), en la que se señala que desde que se tipificó como delito la conducción sin carné, en 2007, los jueces han estimado que para ello la resolución del recurso de alzada sea firme.

Por ello, según la instrucción que remite la AEA , si el conductor no interpone recurso de alzada, no podrá imputársele un delito si conduce sin puntos mientras lo haga dentro del plazo que tiene para presentarlo (un mes contado desde el día siguiente a la notificación). Si el conductor presenta un recurso, no cabría la imputación del delito hasta que no sea notificada debidamente al interesado la resolución del mismo.

Para el presidente de AEA, Mario Arnaldo, esta instrucción supone el «restablecimiento de un derecho fundamental» que, en su opinión, «estaba siendo conculcado, ya que se estaba ejecutando sin ser firme una medida que tiene naturaleza sancionadora».

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