El Ayuntamiento cobra a un «coche sin carnet» una tasa ocho veces superior a la fijada
E. BARBASEVILLA. Erre que erre. El Ayuntamiento de Sevilla ha cobrado a un ciudadano hasta dos veces -la segunda tras aceptar la reclamación de la primera- el impuesto de tráfico de un cuatriciclo de
ABC Los coches que no necesitan carnet de conducir tributan como un ciclomotor
Erre que erre. El Ayuntamiento de Sevilla ha cobrado a un ciudadano hasta dos veces -la segunda tras aceptar la reclamación de la primera- el impuesto de tráfico de un cuatriciclo de menos de 50 centímetros cúbicos como si fuese una motocicleta de 500 centímetros cúbicos. Según la ordenanza municipal, los cuatriciclos -unos peculiares vehículos de cilindrada similar a la de un ciclomotor y que no requieren carnet para ser conducidos- tienen que tributar como ciclomotores.
Así, la Agencia Municipal de Recaudación se embolsó una tasa anual de 55 euros por este «minicoche» durante 2002 y 2003, cuando el canon establecido para los ciclomotores que no superan los 45 kilómetros a la hora es de 7 euros, según el reglamento vigente. El propietario del microcar Lombardini LDW 502 reclamó al Ayuntamiento tras tener que pagar el impuesto de tráfico de esos dos años con el canon de motocicleta y no de ciclomotor.
El dueño del cuatriciclo abonó el recibo del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) pasado por la Agencia de Recaudación, pero tras informarse en los reglamentos y ordenanzas de que los cuatriciclos ligeros se encuentran englobados en el grupo de los ciclomotores a la hora de tributar, reclamó en 2004 mediante instancia a este departamento municipal la devolución del importe abonado de más.
Los responsables municipales accedieron a su petición, resolviendo a finales de 2004 realizar la devolución con la diferencia entre lo que se paga por ciclomotor y lo que se tiene que abonar por motocicleta.
Lo llamativo del caso es que, una vez admitido el error y devueltas las cantidades, la Administración Local volvió a cometer en 2006 el mismo error con el mismo conductor, al que se le cobró de nuevo 58 euros -esa es la cuota ahora- en el impuesto de tráfico de un cuatriciclo de 45 centímetros cúvicos, el cual, además, es otro distinto al anterior.
Se trata de matrículas distintas, pero la Agencia de Recaudación ha cobrado de nuevo como motocicleta de gran cilindrada por lo que es un simple ciclomotor. El usuario, sorprendido por el nuevo fallo, ha preguntado en las dependencias municipales y allí le han dicho que tiene que volver a realizar otra reclamación mediante una instancia.
Preguntado al respecto, el Ayuntamiento sevillano ha admitido a este periódico que se ha producido ese «error administrativo» con este conductor, pero que es «el único caso de recibo devuelto del que tiene constancia la Agencia de Recaudación y que «se ha reembolsado la diferencia correspondiente sin problemas».
Segundo cobro irregular
Con todo, llama la atención el segundo cobro irregular, ya que se trata de un tributo a un ciudadano que ya había reclamado anteriormente por el mimo fallo y al que se le devuelve el dinero. La actuación municipal crea, por tanto, dudas sobre una posible práctica dolosa.
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