La Junta da prioridad a los hijos de padres separados y divorciados para entrar en los colegios concertados
Los hijos de padres separados o divorciados tienen ventajas para acceder a una plaza en un colegio concertado, ya que la Junta ha enviado una circular a los colegios para especificar que podrán
Los hijos de padres separados o divorciados tienen ventajas para acceder a una plaza en un colegio concertado, ya que la Junta ha enviado una circular a los colegios para especificar que podrán otorgarles dos puntos en la baremación por considerarlos «familia monoparental». Esos dos puntos son decisivos para que esos niños se pongan por delante de quienes sólo tienen puntos por domicilio familiar o laboral.
En los criterios de baremación recogidos en la normativa de la Junta que regula la admisión de niños en colegios públicos y concertados (ver Decreto 53/2007, de 20 de febrero, y Orden de 24 de febrero de 2007 de la Consejería de Educación) hay un apartado para «familia numerosa o monoparental», que otorga dos puntos a quienes tengan esa consideración. La novedad este año es la inclusión de la familia monoparental. Como el concepto de «monoparentalidad» se ofrece a muchas interpretaciones jurídicas, la Junta ha evitado cualquier duda al respecto enviando una circular a los colegios para aclarar ese aspecto.
Fuentes de la Delegación Provincial de Educación de la Junta indicaron ayer que la «familia monoparental» está definida en el artículo 2 de la Ley 12/2006, de 27 de diciembre, sobre «fiscalidad complementaria del presupuesto de la comunidad autónoma andaluza». Esa normativa dice que tendrán la consideración de familia monoparental, a efectos fiscales, la formada por la madre o el padre y todos los hijos menores de edad que convivan con uno u otro. El Gobierno andaluz otorgó beneficios fiscales a las familias monoparentales por entender que ello favorecería a las madres separadas con custodia de los hijos, madres solteras y viudas en la compaginación de la vida profesional con el cuidado de niños y la casa.
Así pues, frente a las familias tradicionales, la Junta privilegia a los hijos de padres separados o divorciados a la hora de acceder a los colegios concertados, independientemente de su renta (por la que además pueden obtener hasta 2 puntos adicionales si no tienen suficientes ingresos).
Algunos padres han alzado ya su voz contra esa normativa al entender que discrimina y castiga a las familias convencionales, máxime cuando uno de sus hijos es admitido en el colegio y el otro no, lo que obliga a los padres a duplicar los esfuerzos para llevar a los niños cada día a la misma hora a colegios distintos.
Por otra parte, en los tablones de anuncios de los colegios el apartado de «familia numerosa y de familia monoparental» se ha unificado bajo el de «familia numerosa», lo que no permite saber si los dos puntos asignados a un niño lo es por un concepto o por otro.
Libro de familia completo
¿Cómo demostrar la separación del matrimonio para obtener esos puntos en la baremación del alumno? José María Fernández, representante de la Federación de Religiosos de la Enseñanza (que engloba a 80 colegios concertados de la provincia), declaró que muchos colegios resuelven cualquier duda al respecto pidiendo a los padres la sentencia firme judicial inscrita en el Registro Civil. Por su parte, la Junta recomienda pedir el libro de familia completo.
Divorcios «express»
Algunos padres se lamentan de que esta normativa pueda fomentar la picaresca y llevar a algunos cónyuges a separarse legalmente para obtener los 2 puntos para escolarizar a sus hijos. Hay quien incluso se aventura a decir que se han producido numerosos divorcios «express» meses antes de las solicitudes de plazas.
Por otra parte, la normativa de la Junta establece la posibilidad de obtener hasta dos puntos por discapacidad del alumno, de los padres o hermanos. FERE no prevé conflictos con este criterio de baremación porque las familias tendrán que presentar un documento oficial que declare que al menos tiene una discapacidad del 33%. No valen, pues, los documentos médicos privados.
Puntos por renta
En cuanto a la renta, numerosos padres han mostrado su preocupación por el hecho de que Hacienda tenga hasta el 5 de mayo para otorgar puntos por renta, lo que dificulta la posibilidad de ejercer el derecho de presentar alegaciones ante el colegio en el plazo de diez días desde que se publican las listas.
Antes del 7 de mayo deberán estar publicadas en los colegios las listas definitivas, ante las cuales podrá presentarse un recurso ante la Junta.