El importante cambio de la DGT sobre las multas que entra en vigor el 1 de noviembre
Estos son los conductores que se verán afectados por la nueva medida
La DGT dejará de enviar las multas por carta el 1 de noviembre: estos son los usuarios afectados

A partir del próximo 1 de noviembre la Dirección General de Tráfico (DGT) introducirá un importante cambio en la forma de realizar sus notificaciones. La modificación afectará a las empresas y a las personas jurídicas, así que, de momento, el resto de conductores podrán desentenderse de esta medida.
En concreto, desde este primero de noviembre la DGT dejará de enviar notificaciones -multas, citas y otros trámites- en papel a las personas jurídicas. A partir de ese momento se notificará exclusivamente de forma electrónica a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV). De esta forma, los datos de la suscripción a la DEV serán accesibles a las administraciones con competencias en materia de tráfico, que notificarán electrónicamente en sus propias plataformas.
Pero, ¿qué es la Dirección Electrónica Vial? Es un buzón electrónico en el que las personas físicas pueden darse de alta para recibir las comunicaciones y notificaciones que la DGT tenga que hacer de forma telemática con los mismos efectos jurídicos que la notificación en papel. En el caso de las personas jurídicas, el alta es obligatoria, ya que a partir del 1 de noviembre sólo se les notificará de forma electrónica.
Entre las ventajas de estar inscritos en este buzón es que el usuario puede dejar de estar pendiente de cambiar la dirección si, por ejemplo, cambia de vivienda o localidad. La DGT avisa que, aquellos organismos que todavía no se han incorporado a la DEV, seguirán enviando la notificación de las sanciones a través del correo postal.
La notificación a la DEV se complementa con un aviso al correo electrónico y, si se desea, también con un SMS al teléfono móvil.
Cómo darse de alta
Según informa la DGT en su página web, los pasos a seguir para inscribirse en la DEV son muy sencillos. Se requiere un certificado digital en vigor y, como ya se ha referido, facilitar un correo electrónico y un teléfono móvil dónde recibir los avisos de las notificaciones pendientes.
En caso de no darse de alta, se asignará de oficio una dirección electrónica vial, donde se realizarán las notificaciones pertinentes. Recuerda que si no se comunica a la DGT un correo electrónico o teléfono móvil para este fin, no se recibirán los avisos de la puesta a disposición de las notificaciones de multas de tráfico.
Tienen obligación de darse de alta todas aquellas personas jurídicas que sean titulares de algún permiso de circulación (titulares de vehículos en el Registro de Vehículos) o bien sean arrendatarias a largo plazo de algún vehículo.
Para más información, llamar al teléfono 060.
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