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Diecisiete años y medio de cárcel para el acusado de degollar a un jubilado para robarle

El condenado buscaba sacar beneficio económico de lo que sustrajo del domicilio de la víctima

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La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a 17 años y seis meses de cárcel y al pago de una indemnización de 153.000 euros a Álvaro L.O., el joven acusado de degollar en el año 2008 a un jubilado de 66 años, identificado como Juan D.C., en su vivienda de la localidad sevillana de Alcalá de Guadaíra con el objetivo de robarle, según han informado a Europa Press fuentes del caso.

La sentencia se conoce después de que, en un veredicto hecho público el pasado día 5 de marzo, el jurado popular encargado de enjuiciar este caso considerara al acusado culpable de estos hechos, tras lo que la Fiscalía solicitó para el imputado 17 años y seis meses de cárcel y que indemnizara con 77.542,54 euros a su exesposa y con 8.615,84 euros a cada uno de los cuatro hijos del matrimonio.

De su lado, la acusación particular que ejerce la familia del fallecido solicitó que fuera condenado a 25 años de prisión y al pago de una indemnización de 300.000 euros, mientras que el abogado del imputado interesó la pena «que le corresponda conforme a Derecho». En la sentencia notificada a las partes, de diez páginas de extensión, la magistrada presidente del juicio con jurado condena al acusado, por un delito de asesinato en concurso con un delito de robo, a 17 años y medio de cárcel y al pago de una indemnización de 105.000 euros a su exesposa, de la que se encontraba separado desde hacía 12 años, y de 12.000 euros a cada uno de sus cuatro hijos, lo que hace un total de 153.000 euros.

El veredicto

Además, deberá abonar 630 euros por los efectos sustraídos en la casa de la víctima, según establece la Audiencia Provincial en una sentencia contra la que cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), han apuntado las fuentes consultadas por Europa Press. En el veredicto, el jurado consideró probado por unanimidad que los hechos tuvieron lugar el 18 de octubre de 2008, cuando el procesado acudió al domicilio de la víctima y le propinó un corte en el cuello que le provocó la muerte tras seccionarle la vena yugular externa. Según estimó el jurado, compuesto por cinco hombres y cuatro mujeres, el acusado «mató intencionadamente y por sorpresa» a la víctima, «a la que conocía» tras haber convivido con ella durante seis meses y que «no tuvo oportunidad de defenderse» ya que «no se esperaba» ser atacado por el acusado.

Se llevó «lo que de valor encontró»

El jurado, que halló probado que el imputado era consumidor de sustancias estupefacientes, añadió que, después de «degollarlo», el acusado aprovechó para llevarse del domicilio «lo que de valor encontró» y así «obtener un beneficio económico» con su venta, descartando en este sentido que otras personas pudieran haber entrado para llevarse dichos efectos. La detención del encausado, conviene recordarlo, no se produjo hasta varios años después de ocurridos los hechos.

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