Caso Marta del Castillo: el fiscal pide a la Audiencia que la búsqueda del cuerpo siga abierta
El Ministerio Público vuelve a rechazar, como pide la familia de la joven asesinada, que se analicen los móviles del hermano de Carcaño, su exnovia y Samuel Benítez
El abuelo de Marta convoca una concentración por el 14 aniversario del asesinato
El informe del teléfono desvela otras «posiciones» de Miguel Carcaño el día que asesinó a Marta del Castillo

La Fiscalía de Sevilla pide a la Audiencia Provincial, en concreto a la Sección Tercera, que diga «con claridad» que la causa que existe en el Juzgado de Instrucción número 4 para la búsqueda del cuerpo de Marta del Castillo, asesinada por Miguel Carcaño el 24 de enero de 2009, «seguirá abierta hasta el hallazgo del cuerpo».
Es la solicitud que hace el Ministerio Público en el mismo escrito presentado contra la intención de la familia de la joven para que se pueda analizar, además del móvil de Miguel Carcaño y de la propia chica, los móviles de los investigados en el asesinato pero que quedaron absueltos: Francisco Javier Delgado (hermano del único condenado por el asesinato), su exnovia María García y Samuel Benítez, así como el 'Cuco', condenado por encubrimiento por un juzgado de Menores de la capital.
Los primeros días del pasado mes de noviembre el Juzgado de Instrucción número 4, que tiene abiertas las diligencias separadas para la búsqueda del cuerpo, decidió archivar la causa a la espera de que el perito entregue el informe forense tras el análisis de los móviles de Carcaño y de Marta para determinar sus movimientos la noche del 24 de enero de 2009.
Entonces se conocía que un tribunal de la Sección Tercera, en un auto de 26 de octubre, rechazaba el recurso de la abogada Inmaculada Torres, que defiende los intereses de Antonio del Castillo y Eva Casanueva, contra el auto de febrero de 2022 en el que el juez Álvaro Martín autorizaba analizar los móviles de Carcaño y de Marta, pero no los del resto de implicados, rectificando el instructor una decisión suya adoptada con anterioridad (auto de 14 de abril de 2021) en el que sí autorizaba estudiar todos los teléfonos.
En dicho auto de 26 de octubre la propia Audiencia, además, declaraba concluida la fase de instrucción en base al artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que la investigación judicial se desarrollará en un plazo máximo de doce meses desde la incoación de la causa. El juez, de oficio o a instancia de parte, podrá prorrogarla de forma sucesiva por periodos iguales o inferiores a seis meses.
No se investiga un delito
En esta pieza, según precisó la Audiencia, había transcurrido 12 años, 11 meses y 17 días, por lo que consideraba superados los plazos legales, conforme a la doctrina jurisprudencial a este respecto. La familia se mostró contraria a esta decisión porque en esta pieza no se juzga a nadie, ni un delito, ni va a terminar en una vista oral, por lo que no era aplicable el artículo 324. Ahora la Fiscalía califica de «cuestionable» los argumentos de la Audiencia.
La abogada de la familia interpuso en diciembre un incidente de nulidad contra el auto del pasado octubre por vulneración de derechos fundamentales. Entre sus alegaciones, a las que ha tenido acceso este periódico, reitera que esta pieza separada está centrada en las gestiones para la búsqueda y localización del cuerpo y no tiene por finalidad la averiguación de un delito o su autor.
En este sentido, recuerda la providencia la incoación de estas diligencias y un auto de noviembre de 2009 en el que se dice textualmente sobre la pieza separada: «En cuyo seno se acordarán incansablemente, en cualquier momento presente o futuro, cuantas diligencias sean necesarias para agotar la investigación de todas las hipótesis, pues remotas que sean, capaces de arrojar luz acerca del paradero del cuerpo de la menor». Por tanto, es «indebida» la aplicación de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento para los plazos de instrucción, según la abogada de la familia.
Una familia «huérfana»
Añade que la Audiencia no entró en el fondo del recurso, el análisis de los móviles de los investigados absueltos, pero sí aplicó un artículo de forma indebida sobre los plazos de instrucción, dejando «a toda una familia huérfana de la tutela judicial efectiva».
La familia rechaza que el juez Álvaro Martín modifique una resolución judicial, es decir, primero admitió que el perito analizara los móviles de todos los implicados en este crimen y después rectificó, dejando dicho estudio en los de Carcaño y Marta. Según la abogada, «lo hizo sin ningún motivo», privando a la familia de nuevas pruebas. Esto supone que «el virus de la arbitrariedad se manifieste en todo su esplendor».
Otro elemento recurrido por la letrada de los padres de Marta del Castillo es que la decisión del juez de que sólo se analice el móvil de Carcaño, único condenado por el asesinato, vulnera todos los derechos y garantías procesales y constitucionales de sus clientes, cuyo único afán es encontrar a su hija.
«No deja de sorprender que ante la posibilidad que nos ofrecen las nuevas técnicas, se impida a una familia poder conocer el paradero de su hija, amparándose en que dichas personas (Samuel Benítez, Francisco Javier Delgado y su exnovia) fueron absueltas, cuando es posible la intervención judicial de las comunicaciones emitidas desde terminales o medios de comunicación telemática pertenecientes a una tercera persona».
Dos sentencias contradictorias
En este sentido, añade que Francisco Javier García Marín, el 'Cuco', fue condenado por un juzgado de Menores de la Sevilla por encubrimiento y en dicha sentencia quedaba acreditado que María García, Francisco Javier Delgado y Samuel Benítez «participaron en la desaparición del cuerpo». Además, insiste en que los datos telefónicos que ahora se piden de éstos se obtuvieron cuando eran investigados, «no ahora».
Antes de insistir a la Audiencia que anule el último auto del juez instructor, insiste en que «se vulneran los derechos constitucionales fundamentales, en especial el derecho a la tutela judicial efectiva, pues, sin perjuicio de la existencia de dos sentencias contradictorias, el Estado de Derecho no ha dado amparo a las víctimas −Marta del Castillo, sus padres, hermanas, abuelos, tíos, en cuanto no han podido conseguir (ahora pueden) lo fundamental, que es encontrar a Marta del Castillo−, apoyándose en los derechos de unas personas, sin perjuicio de que no se les ha pedido el consentimiento o autorización para la obtención de los datos que ahora se reclaman y que dichos datos se obtuvieron en un momento en que estaban siendo investigados, cuando los hechos evidencian que Miguel Carcaño, por la relación existente entre ellos, se pudo servir de los terminales de su hermano Francisco Javier Delgado y María García para transmitir o recibir información, y de Francisco Javier García Marín cuya colaboración con Miguel Carcaño, en sus fines ilícitos, quedó acreditado».
Este recurso de la abogada de la familia ha tenido respuesta por parte de la Fiscalía. Pide que se desestime dicho recurso porque alega vulneraciones que pudieron ser denunciadas con anterioridad y que ahora la familia insiste para abordar cuestiones ya resueltas.
El escrito de la Fiscalía
No obstante, admite el fiscal que el argumento de la Audiencia, la superación de los plazos legales fijados para la instrucción, para rechazar la petición de la familia de investigar los móviles de los investigados absueltos es «discutible», por cuanto «no podemos equiparar una pieza de búsqueda del cuerpo de la infortunada Marta de Castillo con una investigación judicial sujeta a unos plazos de caducidad».
El fiscal asegura que la pieza (de la búsqueda) «siempre permanecerá abierta hasta tanto aparezca el cuerpo, sin límite temporal alguno» y pide al tribunal que indique «con claridad» que dicha causa «seguirá abierta hasta el hallazgo del cuerpo».
Sin embargo, el fiscal, en su escrito, al que ha tenido acceso este periódico, que la abogada de la familia en su recurso de nulidad pretende «reinstruir una causa ya enjuiciada con sentencia firme y ejecutoria (el asesinato) y eso es lo que seguramente ha pretendido el tribunal en su auto».
Por último, el fiscal defiende el derecho del juez ha modificar una de sus resoluciones, sobre todo, porque existía «una flagrante contradicción», en el auto de abril de 2021, en el que autorizaba analizar los móviles de todos los implicados. El fiscal se opone a analizar los teléfonos de los que resultaron absueltos.
Habrá que esperar la nueva decisión de la Audiencia. Mientras esto llega, la familia seguirá esperando el informe forense de los móviles y las conclusiones sobre los movimientos de Carcaño la noche del 24 de enero de hace 14 años, lo que podría llevar al lugar donde dejaron el cuerpo de la joven asesinada.
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