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Foro ABC JOSÉ lUIS SANZ

Estos son los precios de una boda en el Ayuntamiento de Sevilla frente a otras ciudades andaluzas

En Cádiz cuestan 144 euros y en la capital jiennense, 166 euros mientras que en la urbe hispalense el coste pasará a 116 euros

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El Salón Colón del Ayuntamiento de Sevilla, donde se realiza normalmente las bodas en el Consistorio ABC

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El alcalde de Sevilla ha defendido en la mañana de este martes el coste de las bodas en el Consistorio hispalense durante el Foro ABC patrocinado por Azvi. Ha comentado que en Sevilla se cobrará 116 euros y ha apuntado que en Cádiz cuestan 144 y en Granada «433 cada 20 minutos». Asimismo, en la capital jiennense ha añadido que vale casarse en el Ayuntamiento 166 euros.

Ante esto, ha recalcado que «seguimos siendo de las tasas más bajas de Andalucía». Hace una semana, se apuntaba el precio del servicio de bodas en la Casa Consistorial. Se explicó que el citado servicio supone unos costes de personal, mantenimiento y seguridad que hasta ahora asumían todos los sevillanos a través de los presupuestos y que, ahora, en parte, van a cubrir directamente los interesados que hagan uso de ese servicio, es decir, que se casen en el Ayuntamiento.

Esta tasa, que se establece en 116,63 € por boda, tendrá exenciones, como en el caso de los mayores de 65 años o los desempleados, y es muy inferior a las tasas similares de otras grandes ciudades de España.

Esta tasa se une a otra que se presentó recientemente como fue la de ocupación del subsuelo y/o vuelo por la utilización de las redes de suministro para telefonía móvil. La misma no la tenía Sevilla, mientras que el resto de grandes ciudades españolas como Madrid, Barcelona, Valencia, Zaragoza o Málaga, sí las tienen; y la pagarán las compañías telefónicas por hacer uso del espacio público.

Cabe recordar que las tasas no las pagan todos los sevillanos con carácter general, sino solo quienes hacen uso de esos servicios. Se comentó que la ley definía que el cálculo de la tasa ha de hacerse de tal manera que tienda a cubrir el coste del servicio o de la actividad que constituya su hecho imponible. Por ello, se implementará una mejora técnica en la ordenanza fiscal para el cementerio al objeto de adecuar las tasas al coste efectivo que suponen para el Ayuntamiento.

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