Urbanismo
El Ayuntamiento de Sevilla no pone fecha límite a los veladores en los aparcamientos
El gobierno municipal ha dado licencia a 26 negocios para instalar terrazas temporales en las calzadas

El Ayuntamiento de Sevilla no ha puesto una fecha límite para la instalación de veladores en aparcamientos , que fue una de las medidas extraordinarias aprobadas para ayudar al sector de la hostelería durante la emergencia sanitaria. A día de hoy la Gerencia ... de Urbanismo ha concedido licencia a 26 negocios para instalar plataformas en zonas de estacionamiento situadas principalmente en Triana y el Casco Histórico.
Las primeras solicitudes se resolvieron apenas cuatro meses después de la aprobación de la modificación de la ordenanza, con lo que los establecimientos pudieron empezar a ocupar estos espacios en febrero cuando la tercera ola obligaba a adelantar el horario de cierre y reducía los aforos en el interior. La advertencia fue que sería una medida temporal y sujeta a una serie de condicionantes , entre ellos la colocación de una tarima que iguale el espacio de terraza con el acerado y un límite máximo de mesas. Sobre el papel, estos permisos se han concedido en precario para evitar su extensión en el tiempo, siempre vinculados a la crisis del Covid-19, pero lo cierto es que no se ha puesto fecha límite, como confirman a ABC fuentes municipales. «No hay plazo y de momento se mantienen» , indican.
Esta flexibilidad de la ordenanza de veladores se aprobó en la Junta de Gobierno Local el pasado 7 de octubre para aquellos negocios que carecen de terraza y tampoco disponen de espacio en la acera para instalarla. Las dos opciones que dio el Ayuntamiento fueron usar excepcionalmente plazas de aparcamiento o un espacio o viario no vinculado frente a la fachada que implique el cruce de calzada. Eso ha permitido a algunos locales ocupar varias plazas de estacionamiento en zonas donde ya de por sí es difícil dejar el coche, lo que ha generado malestar entre los vecinos que la medida se perpetúe y termine siendo definitiva.

Sólo en casos determinados
Dado lo excepcional del asunto, no todos los negocios pueden acogerse a este cambio, pues se limita a aquellos locales que por las dimensiones de la acera no tienen capacidad para instalar veladores o usar la totalidad de las mesas exteriores autorizadas por la obligación de mantener la distancia de un metro y medio, una medida que no siempre se cumple. También se benefician los que no pueden colocar los veladores en la acera que les correspondan por cuestiones de aforo de acuerdo con la ordenanza de ruidos.
Otro de los requisitos que se exige es que no se pueden poner elementos de sombra ni utilizar espacios que afecten al carril bici, la movilidad peatonal, la circulación de vehículos u otros elementos de mobiliario urbano como bancos o papeleras. Tampoco podrán ubicarse en una zona de estacionamiento regulado en superficie o de carga y descarga y, en determinados casos, habrá que solicitar informe a la Delegación municipal de Movilidad, como es el caso de los aparcamientos de motos. Con estas condiciones se podrá ocupar una plaza de aparcamiento en paralelo al acerado frente a la fachada, al otro lado de la calzada, o frente a la fachada del edificio colindante si éste da la correspondiente autorización.
Otro de los cambios que han sufrido las ordenanzas municipales en estos meses ha sido la modificación en el criterio para establecer el número de veladores en cada local . La cantidad de mesas y sillas en la calle depende ahora del espacio público, la accesibilidad, la contaminación acústica y la convivencia y no del espacio interior del local.
Esta medida de gracia que el Ayuntamiento concedió a los establecimientos de hostelería para aumentar su aforo en el exterior ante las restricciones sanitarias se vio reforzada con la exención del pago de la tasa de veladores a lo largo de este año 2021 y una reducción del 50 por ciento en el tributo de la basura a todos los negocios.
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