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Se duplican los visados para convertir locales en viviendas turísticas

Hasta agosto, el Colegio de Arquitectos de Sevilla registró 25 expedientes de cambio de uso de local a vivienda, uno más que todos los registrados en 2018

Antigua tienda reconvertida en vivienda en una céntrica calle de Sevilla P. Y. B.

Pedro Ybarra Bores

Cada vez es más frecuente encontrarnos por las calles de la ciudad con locales comerciales que han cambiado su uso. Dejan de acoger comercios para convertirse en viviendas, sustituyendo las rejas y persianas metálicas por cristales, ventanas y puertas blindadas. Lo más común es que estos locales acaben siendo «viviendas con fines turísticos» (VFT), que el arquitecto y vocal del Colegio Oficial de Arquitectos de Sevilla (COAS) Alberto Paton , aclara que no es lo mismo qu«apartamento turístico» (AT), «Aunque ambas figuras están reguladas por ley, tienen categorías distintas. Si se posee una vivienda, ésta se podría poner en el mercado como VFT o en alquiler de larga temporada. En el Centro se van quedando locales y oficinas vacías y al no alquilarse la gente vio una salida en hacer el cambio de uso de un local a una vivienda, aunque no siempre es sencillo », recuerda Paton.

Hay muchos locales transformados en viviendas, y no solo en el Centro, sino también en barrios periféricos. En cuanto a la solicitud de información para los visados de cambio de local a vivienda, el COAS tramitó 24 expedientes en el año 2018 y 25 en 2019 (hasta agosto), frente a los 31 expedientes registrados en 2018 de apartamentos turísticos y 15 en 2019 (hasta agosto)», según fuentes del COAS.

Esto quiere decir que las solicitudes se vienen duplicando respecto al año pasado, lo que marcaría una nueva tendencia en el mercado inmobiliario de Sevilla, conforme al auge que están teniendo las viviendas turisticas en Sevilla.

La mayoría de estos visados solicitados son del Centro, en torno a un ochenta por ciento del tota l. También proceden de Nervión, Los Remedios, Triana y otros barrios periféricos de la ciudad, aunque en menor proporción, según fuentes de este organismo. Incluso hay algún caso en el Cerro del Águila, según fuentes de este organismo.

La mayoría de las conversiones de locales están destinadas a VFT. Para cambiar el uso de un local a vivienda primero habría que fijarse en los parámetros urbanísticos: Habría que ver el número de plantas y el número de metros cuadrados que se podrían edificar en el solar, según la asignación de viviendas que posea el edificio. Si los metros en los que se podría edificar estuvieran agotados en ese número, dividiéndolo entre 80m2 (que es la unidad mínima de habitación), te da un número máximo de viviendas por parcela. Si el bloque tiene el número de viviendas agotadas y tiene locales, no los podría convertir ninguno a vivienda. La diferencia entre VFT y AT es grande: «la primera se ubica en suelo residencial, mientras que el AT se sitúa en suelo terciario y suele ocupar un edificio. La VFT es una unidad que esta dentro de una comunidad de vecinos.

Diferencias VFT y AT

VFT sigue teniendo uso de vivienda, no pierde dicha categoría. Turismo exige una serie de requisitos sencillos en los que se exigen una serie de datos para darla de alta y ofrecen un número de registro con el que se puede promocionar a través de páginas web. Si en un mismo edificio una misma persona fuese propietario de cuatro viviendas, no podrían ser VFT, porque cuando se poseen más de dos viviendas en un radio de un kilómetro tendrían que estar registradas obligatoriamente como AT.

El AT suele situarse en un edificio completo, o casi al completo, que no tiene el uso de vivienda, sino que tiene una actividad: por un lado la licencia para la construcción, rehabilitación o reforma que deba hacerse para ofrecerlo como apartamento, pero habría que gestionar también con Medio Ambiente una calificación ambiental, debido a que es una actividad.

Si quisiera deja de utilizar la VFT, se podría poner en el mercado como alquiler de de larga estancia. Pero un AT no es una vivienda, así que habría que cambiarle el uso a vivienda si el día de mañana quisiera alquilarse o venderse como piso. El AT exige unas condiciones de diseño más exhaustivas, así como la necesidad de obtener licencia de actividad en el Ayuntamiento. La VFT tiene un fin más particular y requiere licencia de ocupación.

Para la arquitecta Belén Delgado , del departamento de normativa y tecnología de la Fundación Fidas , basándose en el número de consulta que realizan los colegiados «el mercado se está estabilizando, de 2016-2018 ha habido muchas consultas en FIDAS pues estaban todas las viviendas por registrar, ahora se ha normalizado, el ritmo es menor y probablemente, la propia demanda haga que se estabilicen y queden los más profesionalizados», concluye.

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