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PLAN DE EMPLEO

El gobierno de Espadas renuncia a una subvención de 13,5 millones de euros para contratar a parados

El Ayuntamiento de Sevilla, que ya revisó a la baja el plan de empleo de la Junta, desiste ahora a la ayuda tras una sentencia que le obliga a pagar más a este personal

Una cuadrilla de peones de limpieza contratados por el Ayuntamiento de Sevilla JUAN JOSÉ ÚBEDA

Antonio R. Vega

El Ayuntamiento de Sevilla devolverá a la Junta de Andalucía hasta 10,11 millones de euros tras renunciar a una subvención por importe de 13,48 millones de euros que le había concedido en febrero para hacer 940 contratos por obras y servicios y reducir, de este modo, las listas del paro entre los colectivos con más dificultades de acceso al mercado laboral.

Los 10,11 millones corresponden al 75 por ciento de la ayuda que le había abonado el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) el pasado 4 de marzo con cargo al plan de empleo para los ayuntamientos, denominado Iniciativa de Cooperación Local . Se trata de un paquete de incentivos, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, que impulsó el Ejecutivo andaluz en la etapa de Susana Díaz , destinado a contratar a jóvenes y mayores de 30 años, así como a parados de larga duración de 45 años en adelante.

El Ayuntamiento justifica su renuncia a la ayuda millonaria por que carece de liquidez para pagarles a los temporales el mismo sueldo que a sus laborales y funcionarios. En el mes de mayo, a solicitud del Consistorio, la Consejería de Empleo ya revisó a la baja la subvención concedida —de 13,48 millones pasó a 8,62— y recortó los contratos previstos: los 940 iniciales se quedaron en 580. A pesar de estos ajustes y tras ampliar la Junta el plazo de ejecución de los planes de empleo, el gobierno socialista de Juan Espadas ha terminado tirando la toalla.

El pasado día 18, el teniente de alcalde del Área de Bienestar Social, Empleo y Planes Integrales de Transformación Social, Juan Manuel Flores , presentó un escrito ante el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) por el que desistía de la ayuda en su totalidad, con lo que ello supone: una oportunidad perdida para los desempleados sevillanos que podían haber encontrado un empleo como peones de jardinería o de obras, operarios de limpieza, vigilantes, trabajadores sociales, administrativos u orientadores laboral.

Las exigencias sindicales están detrás de esta decisión. Según confirmaron desde la Junta, el Ayuntamiento ha rehusado aprovechar estos fondos amparándose en el « importante quebranto económico » que acarrearía para sus arcas parte de los costes laborales asociados a los contratos. El detonante es una demanda que planteó el Sindicato de Empleados Municipales contra el Consistorio en la que denunciaba que los planes extraordinarios se habían convertido «en una forma ordinaria de contratación por parte de las administraciones locales».

El Ayuntamiento alega que la sentencia del TSJA supone un «quebranto» de 3 millones para sus arcas

En una sentencia del pasado 10 de julio, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) les dio la razón y rechazó el recurso de suplicación que presentó el Ayuntamiento. El fallo le obliga que aplicar con efectos retroactivos el convenio colectivo a todo el personal contratado temporalmente con fondos de otras instituciones a través de los planes Emplea@joven y Emplea@30+, entre otros. Deberá cobrar igual que el resto de trabajadores regulados por el convenio y, como consecuencia, las cotizaciones a la Seguridad Social se encarecen.

En su escrito de desestimiento de la ayuda, Flores esgrime que la aplicación del convenio colectivo supone «una aportación económica» de 2,56 millones de euros para la contratación de 560 puestos –en realidad son 580– aprobados en la resolución de modificación del 27 de mayo pasado. «Además, es necesario sufragar los gastos diversos para su puesta en marcha, lo que llevaría a una aportación municipal de unos 3 millones de euros», añade.

Sentencia en contra

El concejal de Empleo alude a «causas sobrevenidas» vinculadas al acatamiento de la resolución del TSJA. El Alto Tribunal confirmó una sentencia dictada el 9 de octubre de 2018 po r el Juzgado de lo Social número 3 de Sevilla que concluye que el personal contratado «al amparo de unos determinados programas financiados mediante ayudas de otras administraciones públicas con la finalidad de fomentar su inclusión social» no puede recibir un «trato desigual» al de los empleados acogidos al convenio.

En su descargo, el Ayuntamiento alegó que había pactado la regulación de estas retribuciones con las secciones sindicales CC.OO., UGT y CSIF en una reunión de la mesa paritaria celebrada en noviembre de 2016.

Tras el fallo judicial, al Consistorio no le salen las cuentas porque, como advirtió el letrado municipal durante el proceso, deberá duplicar el sueldo que percibieron los contratados con estos programas de empleo desde el año 2016, atendiendo al grupo de cotización, la ocupación y la vigencia del acuerdo laboral a jornada completa. El contrato puede durar entre seis y doce meses y está subvencionado con 1.700 euros al mes para un técnico en orientación laboral y cubre hasta 1.300 euros en el caso de un peón de limpieza.

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