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Tribunales

El violador del parque defiende ante el Supremo que no quiso matarla

El alto tribunal admite a trámite el recurso de casación de la defensa del hombre, condenado a 39 años por agresión sexual y asesinato

El procesado a las puertas de la Audiencia JUAN JOSÉ ÚBEDA

MERCEDES BENÍTEZ

El Tribunal Supremo revisará en los próximos días la sentencia que condenó al violador del Parque de María Luisa a 39 años de cárcel por agredir sexualmente y asesinar a una joven en febrero de 2016.

En un auto firmado el pasado lunes por la sala de lo civil y penal del TSJA al que ha tenido acceso ABC se acuerda admitir el recurso de casación ante el Tribunal Supremo de la defensa del condenado, Francisco Morillo. Así, el alto tribunal andaluz dice remitir el asunto a la sala penal del Tribunal Supremo para que en el plazo de quince días comparezcan las partes. Esto supone la admisión a trámite del recurso de Morillo, que hasta ahora había visto como se rechazaban otros recursos interpuestos anteriormente.

Los argumentos de la defensa del violador que ahora deberá estudiar el Supremo se basan en que la intención del hombre no era acabar con la vida de la mujer que falleció tras la brutal agresión sexual .

Por ello, según argumenta la defensa del violador, en el caso de Francisco Morillo, «no procede la imposición de la pena de prisión permanente revisable por un subtipo agravado del delito de asesinato».

Según el recurso que preparan, los hechos «no son lo suficientemente graves para que le sea impuesta una pena hiperagravada». Sobre todo, porque, según alega, pasaron más de dos horas entre la agresión sexual y la muerte de la víctima. Algo que lleva a argumentar en su escrito que « es imposible que exista un único proyecto criminal cuando realmente lo único que se produce es una única agresión sexual que, por la supuesta falta de diligencia, acaba convirtiéndose en un homicidio por dolo eventual en el que él no quería ni esperaba la consecuencia final que tuvieron los hechos que acabaron derivando en la muerte de Sara». «Su única intención clara que emana de las pruebas donde se encuentra su ADN era tener relaciones sexuales con ella pero la muerte no fue esperada ni buscada», asegura la defensa.

Esto supone que el Tribunal Supremo revisará la sentencia de la Audiencia de Sevilla que le condenó a 24 años de prisión por un delito de asesinato y a 15 años de cárcel por un delito de agresión sexual , así como al pago de una indemnización de 100.000 euros a los padres de la joven y de 25.000 euros a su hermana en concepto de daño moral «por la humillación sufrida y falta de respeto». El TSJA rechazó la prisión permanente revisable.

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