Casi 400 sevillanos saldan sus deudas con la Ley de Segunda Oportunidad
Sólo en Barcelona, Madrid y Valencia se han acogido más personas a la esta norma, reformada hace un año
Los sevillanos que han vuelto a 'respirar' con la Ley de Segunda Oportunidad

El número de quienes buscan la exoneración de las deudas por vía judicial se ha disparado en Sevilla tras la modificación de la Ley de Segunda Oportunidad, a tenor de los datos conocidos por ABC a través del Colegio de Registradores de España, en ... cuyos informes se refleja un crecimiento importante con respecto al año 2022, y con unas primeras estimaciones de cara a lo que queda de año con el mismo recorrido, según asesorías consultadas.
En la última referencia, se especifica que las personas físicas que han recurrido en 2023 en Andalucía a la Ley de Segunda Oportunidad han sido 1.063, de las que más de 370 proceden de Sevilla, según los cálculos de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. La cifra es cuanto menos llamativa si se tiene en cuenta que el año pasado en el mismo periodo de tiempo, y en toda Andalucía, el número fue menor, con únicamente 338 casos. Con estos datos, y según las mismas fuentes, se acredita que en Sevilla se ha multiplicado casi por cuatro la cifra con respecto a 2022, una circunstancia provocada por los cambios efectuados en la legislación en beneficio de muchas personas con importantes crisis económicas.
¿Qué es la Ley de la Segunda Oportunidad?
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Es un procedimiento legal que permite cancelar deudas a personas en situación de insolvencia. Esta ley está pensada para que particulares que no pueden hacer frente a sus obligaciones de pago eliminen total o parcialmente sus deudas.
¿Cómo poder acogerse a este mecanismo legal?
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Es necesario tener deudas con al menos dos acreedores. El solicitante podrá escoger entre sacrificar su patrimonio y cancelar todas sus deudas, o salvar su vivienda y asumir un plan de pagos para saldar la parte de las deudas que no se cancelen.
¿Cómo iniciar el procedimiento?
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Para iniciar el procedimiento se deberá presentar una solicitud directamente ante el Juzgado de lo Mercantil. Esta deberá acompañar los siguientes documentos: memoria económica, inventario de bienes y derechos y lista de acreedores.
Ventajas tras la reforma de septiembre de 2022
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Tras la reforma de la Ley de Segunda Oportunidad se acortan los plazos (hasta un máximo de 12 meses), se simplifica el procedimiento y se abaratan los costes. Ya no es necesario intentar un acuerdo extrajudicial con los acreedores.
A tenor de las declaraciones del abogado de esta asociación, José Domínguez, la reforma concursal de finales del año pasado ha posibilitado que cientos de familias hayan visto en la Ley de la Segunda Oportunidad una «esperanza» para «poder seguir viviendo». Según el mismo letrado, con la modificación de la ley, el proceso resulta mucho más rápido y menos costoso para las personas endeudadas que recurren a esta normativa para lograr la exoneración de sus deudas. «Con esta reforma se han acortado mucho los plazos hasta un máximo de 12 meses para lograr la exoneración de las deudas. En Sevilla, ahora, todos los casos los llevan los cuatro juzgados de lo Mercantil. A pesar de parecer un número reducido, no hay un atasco judicial en concurso de acreedores de personas físicas dado que son órganos especializados. Hemos pasado de una duración media de un proceso de 18 a 6 meses. Además del buen hacer de nuestros juzgados mercantiles, sin duda, la reforma concursal de septiembre del año pasado está haciendo que todo sea menos burocrático y más sencillo de solicitar. Las personas necesitan respuestas pronto, y ahora sí se pueden dar».
Con la modificación de la ley no es necesario pasar por una fase extrajudicial donde se trataba de llegar a un acuerdo con las entidades para tratar de cancelar una parte de las deudas. Desde finales de 2022, el caso va directamente a la fase judicial, en la que se puede solicitar la cancelación del 100%. José Domínguez, igualmente, destacó que el número de personas que se han acogido a la ley ha aumentado considerablemente también en los pueblos: «Ahora no hay desigualdad por vivir en un municipio u otro. Antes, podías estar toda la vida de litigio esperando a que un juzgado de una determinada localidad se pronunciara. El proceso se ha democratizado, lo que sin duda es una ventaja para todos».
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