Comienza otra guerra jurídica para determinar el alcance de la contaminación del sumario iniciado por Garzón
Los abogados de «Gürtel» buscan anular pruebas clave tras invalidarse las escuchas
FRANCISCO SECO Francisco Correa, en abril de 2009, durante su traslado al TSJM para prestar declaración ante el juez Antonio Pedreira
Las reglas del juego
Reproducimos a continuación el contenido de algunos de los artículos que fijan las reglas generales que deben observarse en las intervenciones de las comunicaciones.
Art. 24.2 de la Carta Magna. Protege, entre otros, el derecho «a la defensa» y a un proceso «con todas las garantías».
Art. 18.4 de la Constitución: «Se garantiza el secreto de las comunicaciones (...) salvo resolución judicial».
Art. 11.1 de la LOPJ. En el procedimiento «se respetarán las reglas de la buena fe. No surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos o libertades fundamentales»
Aún no se conoce su literalidad ni el alcance de sus efectos, pero la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de anular la intervención de las comunicaciones mantenidas por los principales imputados del «caso Gürtel» con sus defensores -en los locutorios de la prisión de Soto del Real- ya ha movido a diversos letrados a anunciar que se dirigirán al instructor para pedir la libertad de sus clientes (es el caso del presunto cabecilla de la trama, Francisco Correa) o, como mínimo, que se levanten las imputaciones contra ellos (como el empresario José Luis Ulibarri). Las expectativas generadas por el anunciado acuerdo del Tribunal contrastan con la información oficial que éste facilita y que se limita a apuntar que las deliberaciones «no han terminado» y que, por lo tanto, no hay ninguna decisión tomada.
Flecos pendientes
Fuentes jurídicas consultadas por ABC sostienen, por el contrario, que si bien el auto no está terminado, sí está definida la posición mayoritaria de la Sala y, por lo tanto, el núcleo de lo que será el contenido de la resolución. Queda que los miembros del Tribunal revisen ese borrador y, si están de acuerdo, lo firmen para que sea notificado. También está pendiente el voto discrepante de José Manuel Suárez Robledano, magistrado que tuvo que ceder la ponencia al haberse quedado en solitario en la defensa de sus tesis. No está claro si habrá otro voto más.
Lo cierto es que el alcance de la nulidad de las comunicaciones intervenidas inicialmente por el juez Baltasar Garzón (y avaladas después por Antonio Pedreira) a los tres imputados que estuvieron en prisión -Pedro Crespo, Francisco Correa (ambos siguen en la cárcel), y el primo y testaferro del segundo de ellos, Antoine Sánchez (con fianza de 600.000 euros)- puede tardar aún, en el mejor de los casos, varios meses en concretarse. O no conocerse hasta el momento mismo en que se dicte la sentencia del «caso Gürtel», si finalmente el TSJM decide que el asunto debe plantearse como cuestión de previo pronunciamiento al comienzo del juicio oral.
Y es que la nulidad de las intervenciones es sólo el primer paso de un largo proceso. Cuando el TSJ de Madrid haga público su auto, los abogados defensores que consideren que alguna de las pruebas existente contra sus clientes tiene su origen en la grabación anulada podrán dirigirse al magistrado instructor, Antonio Pedreira, y pedirle que declare su nulidad. La decisión que en su caso adopte Pedreira podrá ser recurrida, en reforma y luego en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJM. Es decir, otra vez ante los tres magistrados que han decretado la nulidad.
En ese momento, Francisco Javier Vieira, Emilio Fernández Castro y José Manuel Suárez Robledano podrán pronunciarse sobre el alcance de la nulidad (algo que previsiblemente no harán ahora) o podrán derivar la decisión hacia los magistrados que integran el Tribunal que en su día celebrará el juicio. Esta segunda opción, que en oponión de fuentes jurídicas es la más plausible, es la que retrasaría la decisión sobre los efectos de la nulidad de las escuchas hasta el momento mismo de conocerse la sentencia.
De momento, José Antonio Choclán, defensor de Francisco Correa, ya ha anunciado que solicitará la libertad de su cliente. De hecho, en su opinión, la nulidad de las conversaciones privará de validez incriminatoria al «pen drive» hallado en las oficinas de la calle Serrano, en Madrid, y cuyo contenido se referiría a los pagos efectuados por la trama. Si bien esa memoria fue hallada con anterioridad a las intervenciones, según Choclán lo que se grabó a su cliente es fundamentales y contamina la prueba, informa Ep.
También Ignacio Peláez, defensor del empresario José Luis Ulibarri, ha adelantado cuál será su pretensión: que se levante la imputación a su cliente. Asegura que se basa en la conversación que mantuvo en prisión con Correa, Crespo y sus respectivos letrados. «Fui a preparar mi estrategia de defensa porque se relacionaba a mi cliente con Correa y Crespo. Nunca sospechábamos que se nos podía estar grabando», indicó a Ep.

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