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«Los afectados por la compra de una vivienda no entregada pueden recuperar su dinero»

El bufete Graíño Legal está consiguiendo que los afectados que adelantaron su dinero para el pago de viviendas sobre plano no construidas o no entregadas, recuperen su dinero

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Con una sólida trayectoria iniciada hace una década y presencia en varias ciudades españolas (Sevilla, Oviedo y Madrid) Graíño Legal, desde la sentencia dictada por el Tribunal Supremo el 21 de diciembre de 2015, se ha especializado en la recuperación del dinero anticipado por los compradores de viviendas sobre plano.

 

Así, el 21 de diciembre de 2015, el Tribunal Supremo dictó una sentencia que está obligando a los bancos a devolver el dinero adelantado por clientes a promotoras o cooperativas para la compra de viviendas sobre plano. No se trata de una cuestión baladí, teniendo en cuenta que, como afirma Fernando Rodríguez, director jurídico de este bufete, «esta sentencia ha abierto la puerta a muchas reclamaciones, ya que en España los afectados se cuentan por miles, y ésta es su última esperanza. Piense en todos los afectados víctimas de los concursos de acreedores de los promotores, por ejemplo».

 

«Cualquier persona que haya comprado su casa sobre plano y da por perdido su dinero, tiene esta vía abierta para reclamar al banco su devolución. Además, el hecho de que los afectados hayan denunciado previamente a la promotora es intrascendente, ya que esta es una acción diferente», explica Rodríguez.

Este despacho de abogados ya ha iniciado numerosos procedimientos judiciales contra diferentes entidades bancarias reclamando el dinero de sus clientes, con total éxito, recuperando todo lo entregado, más los intereses.

 

Pero, ¿por qué recae la responsabilidad en los bancos? Como explican desde este despacho de abogados, el origen está en una Ley de 1968, que nace como consecuencia de la situación crítica sufrida por el mercado inmobiliario en los años sesenta, cuyo detonante fue un escándalo masivo que dejó a 10.600 personas afectadas que entregaron importantes sumas de dinero por viviendas que nunca recibieron. La ley (que seguía vigente aunque en el olvido), exigía a las promotoras y cooperativas tener avaladas las cantidades entregadas a cuenta para las viviendas con el fin de asegurarse que el dinero se invertía en la construcción; y que se ingresara en una cuenta especial, avalada, «y la práctica nos está demostrando que se hizo en contadas ocasiones», explica Rodríguez.

 

Como consecuencia de lo anterior, la sentencia del Tribunal Supremo sienta jurisprudencia al considerar a las entidades bancarias responsables por el total de las cantidades anticipadas e ingresadas en la entidad, si han admitido ingresos de los compradores en una cuenta del promotor sin exigir la apertura de una cuenta especial y la correspondiente garantía. Sin duda es un nuevo frente para el sistema bancario.

 

La clave: la especialización

 

En Graíño Legal apuestan por la especialización frente a la generalización, por la boutique frente a los grandes almacenes, con lo que ello conlleva: trato directo de los socios con el cliente, prohibición absoluta del uso de formularios, ocupación y también preocupación por los asuntos del cliente. De esta manera han conseguido una sólida cartera de clientes a nivel nacional e internacional que confían en la seriedad y en el saber hacer de Graíño Legal. 

 

Su equipo de profesionales está formado por expertos en Derecho Procesal (judicial y arbitraje) y Mercantil, equipo que acaba de ser galardonado en la III Edición de la Gala Nacional de los Premios De Ley, en la categoría de Derecho Procesal, premio que recogerán el 16 de febrero en el Hotel Palace de Madrid.

 

Para más información sobre GRAÍÑO Legal & Tax Services

www.grainolegal.es

Teléfonos: 955 093 324 / 984 280 928

info@grainolegal.com

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