«Las lluvias recogidas en octubre y noviembre han aportado agua para dos meses y medio, sin embargo aún estamos aún estamos muy lejos de salir de la actual situación de emergencia, por lo que se hace necesario mantener las restricciones en el uso del agua y reducir su consumo en un 10%», alertan desde Emasesa quienes apuntan que son ya cinco años con déficit de precipitaciones y que «desde octubre entramos en el sexto año hidrológico». Es, según la estimación de la empresa pública, «la sequía más intensa y duradera de la que se tienen registros».
La situación sigue siendo crítica a pesar de las precipitaciones registradas estas últimas semanas. «En este estado las reservas de agua en los embalses ya están por debajo del umbral de los 221 hm3, lo que equivale a algo más de un año de consumo», explican.
Estado de emergencia por sequía: obligaciones y prohibiciones
Para preservar las existencias de agua, con la entrada en el Estado de Emergencia se han publicado bandos municipales en las 43 poblaciones dentro del área de gestión de Emasesa y Aljarafesa que restringen el consumo de agua en determinadas circunstancias y marcan un objetivo de ahorro de obligado cumplimiento.
En este sentido, el bando restringe, por ejemplo, el consumo de agua potable en usos ornamentales, recreativos, de limpieza y cualquier otro que no sea esencial e insta a la ciudadanía, organismos, empresas y demás colectivos sociales a un uso racional, responsable y solidario para alcanzar el objetivo de ahorro del 10% en el consumo.

Embalse de Zufre en la actualidad
«Este objetivo de ahorro se mide con respecto a los consumos del mismo periodo del año 2019. En caso de no existir registros de tal año, se utilizará la información del primer año inmediatamente anterior que presente datos útiles. Para aquellos suministros domésticos sin antecedentes de consumo, se establece como referencia el consumo estándar de 110 litros por habitante y día», apuntan desde Emasesa, avisando de que «aquellos consumos que incumplan las restricciones o los objetivos de ahorro establecidos en los bandos podrán ser sancionados por cada Ayuntamiento en aplicación de la ‘Ordenanza Municipal reguladora de las medidas excepcionales aplicables al abastecimiento domiciliario de agua potable como consecuencia de la sequía‘, que se pueden consultar en las webs de los distintos municipios. En este sentido, la Policía Local podrá realizar tareas de vigilancia y control del cumplimiento de lo establecido en el bando».

Montaje de un dispositivo ahorrador en un grifo
Prohibición del uso de agua potable en los siguientes supuestos según el bando:
-Riego de jardines, praderas, árboles, zonas verdes y deportivas, de carácter público y privado
-Riego o baldeo de viales, calles, sendas y aceras, de carácter público y privado
-Llenado de piscinas, estanques y fuentes, privadas o públicas, que no tengan en funcionamiento un sistema de recuperación o circuito cerrado.
-Fuentes para consumo humano que no dispongan de elementos automáticos de cierre. Quedan restringidos los fines creativos y cualquier otro uso.
-Lavado con manguera de toda clase de vehículos en instalaciones, privadas o públicas, no destinadas al lavado de vehículos.
-Instalaciones de refrigeración y acondicionamiento que no tengan sistema de recuperación o circuito cerrado.
-En caso de utilizar agua no potable para alguno de los usos descritos, el titular de la instalación deberá señalar de forma claramente visible que se trata de agua no potable.
¿A dónde dirigirse en caso de duda? Emasesa cuenta con canales de atención al usuario/ciudadano donde se atienden las consultas relacionadas con las disposiciones recogidas en el bando. También se pueden utilizar para comunicar cualquier información de pérdida o uso indebido del agua. Para ello, la empresa pone a disposición el teléfono 900 822 010 (ext. 0)
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