Actualizado Jueves, 09-07-09 a las 18:06
El alcalde de Madrid, Alberto Ruiz-Gallardón, ha dicho hoy que "no se puede hablar de derecho de propiedad" por parte de las personas que viven en terrenos de la Cañada Real sino de una "ocupación", por lo que la administración actuará igual que cuando ha desmantelado núcleos de infraviviendas.
En rueda de prensa tras la Junta de Gobierno, el alcalde ha declarado que "estamos hablando de un suelo que hoy tiene una condición de dominio público y que, como consecuencia de la desafectación, va a pasar a ser un suelo patrimonial titularidad de la Comunidad de Madrid".
"Sobre un suelo de dominio público no se pueden generar ningún tipo de derechos de propiedad, absolutamente ninguno", ha subrayado el alcalde, que ha precisado que estaba hablando del tramo de la Cañada que discurre por el municipio de Madrid.
Desde un punto de vista legal ha aclarado que, además de que "no se hubiese podido hacer por ley", no ha habido "jamás" un acto de enajenación por parte del titular del suelo, que es la Comunidad de Madrid y antes la Diputación Provincial, y la legislación no reconoce ningún derecho de adquisición de la propiedad por el transcurso del tiempo.
A su juicio, lo que hay que hacer "es tratar la situación de cada una de las personas que estén allí, pero por el hecho de que estén, no por el hecho de que tengan un título de propiedad que en ningún caso puede existir", puesto que "lo que ocurre aquí es que hay una realidad social y es que hay una ocupación".
Diferentes alojamientosRuiz-Gallardón ha manifestado que "no es lo mismo" quien vive en una vivienda habitual, "que dará derecho a un realojo por parte de los organismos competentes", que quien ocupa un espacio "únicamente para una actividad distinta de la de vivienda, da igual que sea lucrativa o recreativa, que no genera el derecho establecido en nuestra legislación para tener acceso a alguna vivienda pública".
Para los primeros, ha recordado, será necesario además "cumplir las condiciones para tener acceso a una vivienda pública de realojo, es decir, carecer de los recursos económicos suficientes para poder adquirir una vivienda, de acuerdo con sus ingresos y su patrimonio". "Esto lo hemos hecho exactamente igual en todos los poblados de infraviviendas y así es como lo vamos a hacer", ha puntualizado.
Aunque no ha profundizado en los planes del Ayuntamiento para esa zona, que quizá amplíe la delegada de Urbanismo, Pilar Martínez, en la comparecencia a petición propia que ha solicitado para el próximo Pleno sobre este asunto, ha afirmado que en el tramo madrileño de la Cañada hay cuatro zonas diferentes en las que se actuará de forma distinta.
Por ejemplo, en el tramo que transcurre cerca del Parque Tecnológico de Valdemingómez no se autorizarán más que elementos vinculados a la actividad que ya se realiza allí. Sí ha dicho que la ordenación urbanística que apruebe el Ayuntamiento no afectará sólo al suelo de la Cañada sino a los terrenos "colindantes", para dotar al conjunto de una unidad.
Ha destacado además, por encima de lo urbanístico, la intervención social que tendrán que realizar las administraciones públicas, "que es lo más trascendente", y que a su juicio debe tener carácter previo a cualquier enajenación que realice la Comunidad.
En rueda de prensa tras la Junta de Gobierno, el alcalde ha declarado que "estamos hablando de un suelo que hoy tiene una condición de dominio público y que, como consecuencia de la desafectación, va a pasar a ser un suelo patrimonial titularidad de la Comunidad de Madrid".
"Sobre un suelo de dominio público no se pueden generar ningún tipo de derechos de propiedad, absolutamente ninguno", ha subrayado el alcalde, que ha precisado que estaba hablando del tramo de la Cañada que discurre por el municipio de Madrid.
Desde un punto de vista legal ha aclarado que, además de que "no se hubiese podido hacer por ley", no ha habido "jamás" un acto de enajenación por parte del titular del suelo, que es la Comunidad de Madrid y antes la Diputación Provincial, y la legislación no reconoce ningún derecho de adquisición de la propiedad por el transcurso del tiempo.
A su juicio, lo que hay que hacer "es tratar la situación de cada una de las personas que estén allí, pero por el hecho de que estén, no por el hecho de que tengan un título de propiedad que en ningún caso puede existir", puesto que "lo que ocurre aquí es que hay una realidad social y es que hay una ocupación".
Diferentes alojamientosRuiz-Gallardón ha manifestado que "no es lo mismo" quien vive en una vivienda habitual, "que dará derecho a un realojo por parte de los organismos competentes", que quien ocupa un espacio "únicamente para una actividad distinta de la de vivienda, da igual que sea lucrativa o recreativa, que no genera el derecho establecido en nuestra legislación para tener acceso a alguna vivienda pública".
Para los primeros, ha recordado, será necesario además "cumplir las condiciones para tener acceso a una vivienda pública de realojo, es decir, carecer de los recursos económicos suficientes para poder adquirir una vivienda, de acuerdo con sus ingresos y su patrimonio". "Esto lo hemos hecho exactamente igual en todos los poblados de infraviviendas y así es como lo vamos a hacer", ha puntualizado.
Aunque no ha profundizado en los planes del Ayuntamiento para esa zona, que quizá amplíe la delegada de Urbanismo, Pilar Martínez, en la comparecencia a petición propia que ha solicitado para el próximo Pleno sobre este asunto, ha afirmado que en el tramo madrileño de la Cañada hay cuatro zonas diferentes en las que se actuará de forma distinta.
Por ejemplo, en el tramo que transcurre cerca del Parque Tecnológico de Valdemingómez no se autorizarán más que elementos vinculados a la actividad que ya se realiza allí. Sí ha dicho que la ordenación urbanística que apruebe el Ayuntamiento no afectará sólo al suelo de la Cañada sino a los terrenos "colindantes", para dotar al conjunto de una unidad.
Ha destacado además, por encima de lo urbanístico, la intervención social que tendrán que realizar las administraciones públicas, "que es lo más trascendente", y que a su juicio debe tener carácter previo a cualquier enajenación que realice la Comunidad.


