Publicado Miércoles, 13-08-08 a las 07:08
Si la Empresa tiene establecimiento en el municipio de Sevilla, deberá mostrar un cartel informativo indicando que posee libro de hojas de quejas y reclamaciones y facilitarlo en caso de que el consumidor así lo requiera. En el caso de negarse, el cliente podrá solicitar el auxilio de la Policía Local, la cual levantará un acta de denuncia, de la que se quedará una copia que adjuntará a la reclamación. El usuario o comprador podrá redactar por escrito su reclamación entregándola bien personalmente en la OMIC o bien remitirla por corre ordinario a la Oficina, junto con fotocopia de todos los documentos que apoyen o sustenten su postura. Este trámite podrá realizarlo cualquier consumidor.
