Atención padres separados con hijos: el móvil se ha convertido en un bien que hay que garantizar al mismo nivel que la comida y la casa.
Así lo señaló la Corte Suprema italiana que puso en el elenco de necesidades a cubrir al propio hijo «los medios de comunicación, la ropa, los libros escolares y los medios de transporte». Con esta sentencia, hecha pública el pasado jueves, el Supremo confirmó la condena de cuatro meses de reclusión y un resarcimiento de 10.000 euros a Marco, un publicista napolitano que, durante cuatro años, pasó a la ex mujer y al hijo menor una suma inferior a la prevista en la sentencia de divorcio.
Exigencias de la vida cotidiana
De este modo, la Corte rechazaba el recurso de apelación del ex marido, que justificaba la reducción económica a la crisis. Sin embargo, para el Tribunal el hecho de que los negocios fueran mal no es una excusa, porque «se ha comprometido el satisfacer las exigencias de vida cotidiana del menor». Un menor que, como cualquier adolescente en Italia, tiene su móvil, probablemente una moto, un iPod y demás artilugios que, si este padre se descuida, se pueden convertir en esenciales para el bienestar del hijo.
Para los jueces, «en la actual dinámica evolutiva de las costumbres de vida familiar y social, en la noción penal de medios de subsistencia hay que comprender no sólo los medios para las supervivencia vital como casa y comida, sino también los instrumentos que consienten la satisfacción de otras exigencias complementarias de la vida cotidiana». Es decir: el teléfono móvil.
Lo que empujó a los jueces a pronunciar esta sentencia fue «la actitud de indiferencia hacia su hijo y su ex mujer», y que el hombre se encuentra en una nueva unión conyugal de la que ha nacido una hija, a la que seguro que tampoco le faltará móvil. A pesar de que Marco sostiene que su antigua familia nunca se ha encontrado en un estado de necesidad, los jueces han hecho oídos sordos, confirmando la sentencia del Tribunal de Nápoles que en 2007 le condenaba a cuatro meses de reclusión por «omisión de suministración de medios de subsistencia a favor de la ex consorte y del hijo menor».
