Córdoba

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Condenado a 4 años de prisión por estafas en ventas de coches

Se apropió de 170.000 euros por traspasar casi 50 vehículos sin que se materializara su entrega

Día 17/10/2010 - 10.58h
Una reciente sentencia del Juzgado de lo Penal número dos de Córdoba, notificada ya a los afectados, condena a José Luis R.R. a un total de cuatro años de prisión como autor de sendos delitos continuados de estafa y de falsedad en documento oficial y mercantil que cometió al vender casi medio centenar de coches, muchos de ellos de alta gama, sin autorización de sus concesionarios o titulares y apropiándose del dinero fruto de las ventas.
Los hechos se remontan a octubre de 2004, cuando el acusado alquiló un local comercial en la avenida de Málaga para ejercer la actividad de compraventa de vehículos, «bajo el nombre comercial de Import Munda SL., empleando igualmente en ocasiones el nombre de Auto Munda SL., sin que consten inscritas en el Registro Mercantil ninguna de estas dos sociedades», según especifica el fallo judicial. Éste considera como hechos probados que José Luis R.R. inició «fluidas relaciones» con diferentes empresas y concesionarios —entre ellos, Timsa, Automatic Wagen y Autos Saco S.L.—, a los que consiguió clientes con los que cerró en poco tiempo varias operaciones de venta por las que recibió una contraprestación económica.
De este modo, añade la sentencia, «se hizo con la confianza de las entidades con las que colaboraba, llegando a disponer de los vehículos para su exhibición en sus propias instalaciones montillanas, con la finalidad de captar clientes, pero nunca con autorización para formalizar contratos», motivo por el cual tampoco recibió de las firmas cedentes la documentación original de los automóviles. La sentencia añade que, entre octubre de 2004 y enero de 2005, el encartado, pese a conocer que no estaba autorizado para formalizar las ventas, se hizo pasar por el propietario de los vehículos, «a sabiendas de que no podría cumplir en todo o parte con las obligaciones generadas por los contratos y, con la única intención de hacerse con la mayor cantidad de dinero posible, realizó una serie de operaciones sin haber satisfecho el precio de los coches vendidos a las empresas o personas a las que pertenecían».
El fallo resalta que el inculpado llegó a formalizar contratos «en los que aparecía como vendedor su hermano» Raúl R.R., sin conocimiento ni consentimiento de éste, y que dispuso de dos cuentas corrientes, una a nombre de su compañera sentimental y otra de su hermano Raúl, sin el conocimiento ni autorización de ambos, «valiéndose para ello del número de DNI». El producto de esta actividad ilícita fue que los compradores no recibieron sus vehículos pese a haber cerrado la compra, en unos casos, en tanto que, en otros casos, no pudieron obtener la documentación del auto adquirido al retenerlas el propietario titular. En concepto de responsabilidad civil, el fallo judicial obliga, también, a la restitución de la documentación original de los automóviles adquiridos a los compradores que carecían de ella, y a indemnizar a siete compradores a los que no se entregó el vehículo por un monto total superior a los 170.000 euros.
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