Día 02/01/2012
El nuevo Reglamento (UE) nº 1169/2011 sobre información alimentaria al consumidor regula el etiquetado general de los alimentos y el etiquetado nutricional. Esta norma obliga a aportar información nutricional en el caso de alimentos transformados, como los hidratos de carbono, los azúcares, las grasas, las grasas saturadas, las proteínas, la sal o el valor energético.
Algunos alimentos estarán exentos de esta obligación, como las bebidas con más de 1,2 por ciento de alcohol, los alimentos no envasados o en aquellos alimentos cuya superficie de envase sea menor que 25cm2. Por debajo de 10cm2, ni siquiera debe mostrar los ingredientes. Los elementos que siempre deben ser incorporados, independientemente del tamaño, son la cantidad, la fecha de caducidad y los componentes alergénicos. En este último caso se refuerza la obligatoriedad de su etiquetado mediante sistemas que los destacan, incluso haciéndolo preceptivo en alimentos no envasados.
También se amplía la obligatoriedad de identificar el país de origen de más alimentos. Hasta la fecha solo tenía que hacerse en el caso de la carne de vacuno, con motivo de la crisis de las vacas locas, así como de frutas, verduras, miel y aceite de oliva. Ahora también será preceptivo para el resto de carnes como cerdo, ovino, caprino y aves de corral. Este es un dato importante, ya que el origen del producto es, en no pocos casos, uno de los factores diferenciales que puede condicionar la compra, entre otros aspectos, porque es una de las partes del etiquetado que mejor entiende el consumidor.
Entre un modelo muy cualitativo y el gran volumen de datos y referencias que en la actualidad se proporciona al consumidor, quizás debiera encontrarse un punto intermedio. Por ejemplo, queda la duda de si el consumidor necesita conocer al detalle la composición del gran parte de los componentes del alimento, que en una buena medida desconoce.



