Córdoba

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El TSJA obliga a reevaluar el examen de la oposición a porteros

Candelario presidió en 2005 el tribunal que bajó el baremo «para favorecer a los interinos»

Día 05/01/2012 - 09.35h

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La sala Primera de la sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha puesto en un serio aprieto al Ayuntamiento de Córdoba, que tendrá que reevaluar todo un examen de la oposición a porteros, resuelta en septiembre de 2005 por un tribunal que presidía la entonces teniente de alcalde de Infraestructuras, Rosa Candelario (IU), y que podría afectar de forma directa al empleo de «una decena» de los 43 de trabajadores municipales que obtuvieron su plaza en aquel concurso oposición que ahora se debe repuntuar.

La fallo de la sentencia, fechada el pasado 14 de diciembre, no deja lugar a dudas, ya que concluye que se debe «ordenar al Ayuntamiento de Córdoba a que aplique por igual el mismo criterio de corrección, contenido en las bases de la convocatoria, a todos los que participaron en el segundo ejercicio».

La sentencia estima las reclamaciones de una aspirante a esa oposición y anula el fallo del Contencioso de Córdoba, que dio la razón al Ayuntamiento de Córdoba, en sentencia fechada el pasado 18 de mayo de 2011.

Irregularidades

Según las fuentes consultadas, esos criterios de corrección a los que alude el fallo del TSJA se refieren, por un lado, a una modificación en la nota de aprobado y, del otro, a la valoración pura y dura de cada pregunta.

En el primer caso, y siempre según el testimonio de las fuentes consultadas, se invalidó una de las preguntas que componían el ejercicio y se decidió bajar proporcionalmente la nota con la que se aprobaba el ejercicio. Esta decisión, según la sentencia del Alto Tribunal, supuso que «el criterio se bajó para favorecer a los interinos, con menor capacidad, pero con mayores méritos para el baremo del concurso». El fallo fija en «un mínimo de cinco puntos para superar el segundo ejercicio»

Junto a esto, el TSJA también pone en tela de juicio un cambio de baremo en la puntuación de las preguntas. Las fuentes consultadas aluden a que unas preguntas valían 1,25 puntos y otras 0,50, en función de la extensión requerida para su desarrollo.

En este caso, la sentencia obliga al Consistorio cordobés a que «se evalúe conforme a los criterios establecidos por el tribunal» y que quedaron fijados el día del examen «esto es, un punto por respuesta correcta» para que, de esta manera «se garantice el criterio de igualdad en el acceso a la función pública», reza la sentencia del Alto Tribunal Andaluz.

Serio problema

Por si esto fuera poco, el varapalo a la forma de proceder por parte del Consistorio queda claramente expresado en uno de los párrafos del fallo judicial. «La ejecución llevada a cabo por la Administración Municipal ha producido un efecto totalmente adverso (e incluso podríamos decir perverso) a lo planteado por la actora en su demanda».

Desde el Consistorio cordobés. el actual equipo de Gobierno (PP) reconoce que el fallo judicial representa «un serio problema que tendremos que valorar». La clave de esta preocupación reside en el hecho de que volviendo a evaluar el examen, con los criterios que ha fijado el TSJA, supondría que «una decena de personas que llevan trabajando en esos puestos desde hace, como mínimo 6 años, podrían no aprobar el examen».

Acerca de si esta medida supondría que estos trabajadores podrían perder su empleo, las fuentes consultadas no quisieron aventurarse en una respuesta, aunque reconocieron que «el problema que se genera es importante y habrá que estudiar cuáles son las mejores soluciones que podemos plantear», indicaron.

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