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Plan Estratégico

Del «agricultor activo» al «nuevo agricultor»: quién es quién en la nueva PAC

El borrador del Plan Estratégico despeja varias dudas sobre quién cobrará las ayudas de la nueva Política Agraria Común y qué requisitos deben cumplir

20/12/2021 Actualizado a las 09:04

Hace poco más de una semana que se dio a conocer el Plan Estratégico nacional de la PAC, un borrador que tiene poco margen para modificarse ya que, según ha asegurado el ministro Planas en numerosas ocasiones, la intención es entregarlo a Bruselas antes de que acabe 2021.

Mientras, todas las organizaciones agrarias y comunidades autónomas estudian el Plan, que el ministro da prácticamente por finalizado y al que Andalucía, sin embargo, presentará en unos días las alegaciones pertinentes para intentar aumentar el número de ecoesquemas.

Uno de los conceptos clave del borrador es la definición de agricultor activo, que ha provocado numerosas discrepancias en los últimos meses de elaboración. Como Andalucía defendía, no es necesario que el agricultor activo esté afiliado a la Seguridad Social agraria para poder recibir de las ayudas ya que, como especifica el Plan Estratégico, puede cumplir las condiciones por la otra vía: que «una parte significativa de sus ingresos totales (un 25%) procedan de la actividad agraria».

Excepciones

Además, el requisito de agricultor activo no se aplica a los agricultores que habiendo sido beneficiarios de ayudas directas el año anterior, hayan percibido menos de 5.000 euros, antes de la aplicación de las penalizaciones o exclusiones derivadas de los controles de subvencionabilidad o de condicionalidad.

Ovejas en el campo / UPA Andalucía

Por otro lado, a todo agricultor al que se le deba conceder un montante en virtud de la ayuda básica a la renta cuyo importe sea superior a los 60.000 euros, según detalla el documento, se le aplicará una reducción a la renta que sobrepase dicha cantidad.

Se recortará un 25% para el tramo comprendido entre 60.000 y 75.000 euros; el 50 %, entre 75.000 y 90.000 euros; del 85% para 90.000-100.000 euros y del 100% para los importes que superen los 100.000 euros.

Joven agricultor

De otra parte, se deja ver ya quién será el joven agricultor y el nuevo agricultor en la nueva PAC. Según el documento publicado por el Ministerio, el joven agricultor debe tener un máximo de 40 años y debe ser jefe de explotación, es decir, «tener el control efectivo y a largo plazo en la gestión del día a día, asumiendo el riesgo empresarial».

Para personas físicas, se considerará al titular de las explotación y solicitante de las ayudas. En el caso de las personas jurídicas, al socio o grupo de socios que cumplan los requisitos y tengan más de la mitad de capital social.

Además, debe contar con una formación en actividades agrarias (150 horas lectivas) reconocidas por las autoridades competentes. Respecto al ‘nuevo agricultor‘, los requisitos son los mismos que para los jóvenes, exceptuando la edad.