Estas son todas las ayudas frente a la sequía abiertas para el campo
Asaja Sevilla recopila las medidas aprobadas y en plazo que son más útiles para el sector agrario y ganadero
La sequía ha sido y sigue siendo una constante que afecta de manera determinante al sector agrario y ganadero. De hecho, 2022 es el sexto año consecutivo con escasez de precipitaciones y restricciones en la campaña de riego, lo que supone mermas en el rendimiento de los cultivos que se puedan sembrar y aumento de los costes de producción.
Con objeto de contribuir al mantenimiento de la rentabilidad y la sostenibilidad de las explotaciones agrícolas y ganaderas, en un contexto de dificultades acumuladas por la subida de los precios de insumos y materias primas, el Gobierno central publicó el 16 de marzo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto-Ley 4/2022, que recogía una serie de medidas de carácter fiscal, financiero e hidrológico.
Asaja Sevilla, tras analizar el paquete de medidas presentado por el Gobierno destaca, en primer lugar, «la escasez de las ayudas aprobadas», y detalla a continuación aquéllas cuyo plazo está abierto y que pueden resultar más interesantes para los agricultores y ganaderos. Las convocatorias de dichas medidas han ido saliendo con cuentagotas, publicándose la última la semana pasada.
Financiación
Así, en relación con la financiación de explotaciones agrarias, se publicaba el Extracto de la Orden, de 12 de mayo, por el que se convocaban las subvenciones establecidas en el artículo 6 del Real Decreto-Ley 4/2022. Esta línea de ayuda (llamada línea ICO MAPA SAECA) pretende facilitar la financiación del sector agrario, y cuenta con dos patas, ya que por una parte subvenciona el coste de los avales y por otra, un porcentaje del principal del préstamo.
Esta última va dirigida a titulares de explotaciones agrarias con domicilio social y fiscal en España y que tengan una fecha de constitución anterior a 1 de marzo de 2022. Además, los beneficiarios deberán cumplir con el requisito de que sus ingresos provengan al menos en un 50% de la actividad agraria en el año anterior al de la presentación de la solicitud, o en los tres años anteriores al de la solicitud, teniendo en cuenta el dato medio, salvo que hayan iniciado la actividad agraria dentro de los tres años anteriores a la convocatoria.
La ayuda consistirá en la bonificación del 7% del principal de operaciones de financiación con una cuantía máxima de 10.000 euros en el caso de ser agricultor, y del 10% del principal, también con un límite de 10.000 euros, para las explotaciones ganaderas. En cualquier caso, no se concederán subvenciones a préstamos que superen los 100.000 euros.
El presupuesto de estas ayudas asciende a 10 millones de euros, y la ventanilla solicitarlas ya está abierta, finalizando el plazo el 1 de diciembre de 2022.
Estos préstamos deberán contar obligatoriamente con el aval de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA), y el coste de la comisión del aval podrá ser subvencionado también por el Estado.
Para ello, los titulares de explotaciones agrarias deben haber obtenido al menos el 25% de sus ingresos de actividades agrarias en el año anterior al de la presentación de la solicitud, o en los tres años anteriores al de la solicitud teniendo en cuenta el dato medio.
Las ayudas consistirán en la financiación del importe total de la comisión del aval de SAECA. Además, se financiará la comisión de estudio del aval. No obstante, se subvencionarán los costes de avales por un importe máximo de 75.000 euros. El presupuesto para esta línea de ayuda es de e 2,7 millones de euros, y el plazo de presentación permanecerá abierto hasta el 20 de septiembre de 2022.
Asaja recuerda que estas ayudas se otorgarán por orden de presentación hasta agotar el presupuesto, ya que se trata de una ayuda de mínimis, por lo que no se pueden superar los límites estipulados por la normativa para ese tipo de subvenciones.
Canon de agua
Otra de las medidas contempladas es la exención del canon de regulación y de la tarifa de utilización del agua. En el caso de la Cuenca Hidrográfica del Guadalquivir hay exenciones para los periodos impositivos 2021 y 2022, con unas reducciones del canon de al menos el 40% dependiendo del porcentaje de reducción de la dotación.
Así, para el año 2021, cuando la reducción de la dotación sea de al menos el 40%, se devolverá a los regantes el 50% de la cuota pagada. Las comunidades de regantes ya están solicitando esta devolución, apunta Asaja Sevilla. Pero los agricultores que están fuera de dichas comunidades, al tener una toma directa, es necesario presentar una comunicación incluyendo los datos bancarios, firmada y sellada por la entidad bancaria correspondiente.
Para este año 2022, cuando la reducción de la dotación de agua sea de entre un 40 y un 60%, se concederá un 50% de reducción de la cuota del canon de regulación y de la tarifa de utilización del agua. Pero si la reducción de agua para riego supera el 60%, se concederá el 100% de la cuota del canon y de la tarifa. Por tanto, como las restricciones en la Cuenca del Guadalquivir para esta campaña ascienden al 70%, no habría que pagar o, en todo caso, se devolvería el importe íntegro.
Medidas fiscales
Hasta el próximo 30 de junio se puede presentar la declaración de la renta del ejercicio 2021. Para dicho año 2021, el Gobierno establece una reducción del 20% del rendimiento neto para las actividades agrícolas y ganaderas que tributan en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas por el método de Estimación Objetiva (régimen de módulos agrarios). Esto va a beneficiar a 918.000 agricultores y ganaderos a nivel nacional.
IBI rústico
El Real Decreto también contempla la exención de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) correspondiente al ejercicio 2022, para aquellos bienes inmuebles que sean propiedad de los titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas, y que estén afectos al desarrollo de tales explotaciones, siempre que los titulares de dichas explotaciones hayan sufrido en el ejercicio inmediato anterior (2021), pérdidas de ingresos de al menos un 30% con respecto a los últimos tres años (20% en zonas con limitaciones naturales o específicas).
Esta medida de exención del IBI ha tenido un desarrollo en la Resolución del Ministerio de Hacienda publicada en el BOE el pasado 1 de abril. En la misma, se aclara que el porcentaje del 30% será con respecto a la media de los tres últimos años.
Asaja Sevilla ha solicitado algunas aclaraciones antes de iniciar el procedimiento respecto a qué documentos se deben aportar para acreditar fehacientemente las pérdidas sufridas por los agricultores y ganaderos.
A este respecto, la patronal agraria señala que «estamos a la espera de que se nos conteste por parte del OPAEF (Organismo de Asistencia Económica y Fiscal de la Diputación Provincial de Sevilla), que es el organismo que se encarga de la gestión del IBI de la mayoría de los términos municipales de la provincia de Sevilla», según informa el secretario general de la organización agraria, Eduardo Martín.
Medidas de la Junta de Andalucía
La Consejería de Agricultura, a través de la ampliación del decreto de sequía, a finales del mes de marzo, incluía una serie de medidas de las que se pueden beneficiar agricultores y ganaderos de la provincia de Sevilla, con el objetivo de que no pierdan competitividad como consecuencia de la sequía y la escalada de costes de producción.
Entre ellas, está la exención total de la tasa de laboratorio y de la tasa por servicios facultativos veterinarios, y hay anunciadas ayudas destinadas a inversiones en explotaciones destinada a balsas, cubas de agua y construcción de abrevaderos que saldrán «en breve». Además de permitir cultivar tierras en barbecho, poniendo en producción en el campo sevillano 18.816 hectáreas antes vacías.