X
Fauna silvestre

El control de conejos o jabalíes por daños en cultivos está permitido

El coronavirus no interrumpe el control por daños al ser la agricultura una actividad «esencial»

20/04/2020 Actualizado a las 09:09

El control de daños y riesgos ocasionados por fauna silvestre cuando se hace inevitable es, en sí mismo, una tarea más de las necesarias para el desarrollo anual de los cultivos y la gestión de las explotaciones agrarias y ganaderas, protegiendo las cosechas y minimizando el riesgo de propagación de enfermedades entre los animales.

Por esta razón, dado que la agricultura y la ganadería son actividades esenciales, el control de daños por fauna silvestre no se ha visto interrumpido con la entrada en vigor del Real Decreto (463/2020, de 14 de marzo) por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.

Así lo asegura el técnico de Asaja Sevilla, Jesús Aguilar, que explica que «en lo que resta de temporada, se continuarán llevando a cabo bajo las normas autonómicas propias, vigentes antes de la declaración del estado de alarma». No obstante, añade que «por ser actuaciones indefectiblemente presenciales, deberán realizarse con las medidas preventivas dictadas por las autoridades para evitar el contagio del virus».

En esta época, vienen siendo habituales los daños a cultivos agrícolas producidos por conejos y jabalíes (o cerdos asilvestrados). Estos últimos, además, «suelen ser causantes de daños a la ganadería, llegando a constituir un reservorio de determinadas enfermedades compartidas con los animales domésticos, y que pueden incluso transmitirse a las personas».

De hecho, «desde hace unos años, se han venido adoptando medidas cinegéticas excepcionales sobre estas especies en áreas de emergencia temporales, en base a unas resoluciones concretas aprobadas por las respectivas consejerías competentes en la materia».

Actuaciones permitidas

Así, durante la presente temporada 2019/2020, «se permite el control de superpoblaciones de conejos, con armas de fuego, hasta el próximo 26 de abril, y con hurones y redes hasta el 31 de mayo, fecha en que concluye la temporada». Igualmente, en lo que resta de temporada, «se podrá continuar actuando sobre jabalíes o cerdos asilvestrados que estén causando verdaderos daños a cultivos y a la ganadería, mediante la instalación de capturaderos o la realización de aguardos, debidamente autorizados o comunicados en tiempo y forma».

En este sentido, el técnico de la patronal agraria recuerda que las solicitudes presentadas y las autorizaciones concedidas antes de la entrada en vigor del estado de alarma tienen plena validez en la actualidad y se podrán seguir tramitando hasta el 31 de mayo. Eso sí, las nuevas solicitudes que resulten necesarias durante el estado de alarma deberán presentarse por medios telemáticos preferentemente.