Cubiertas vegetales, pastoreo, carga ganadera… todas las novedades para la PAC 2024
La Consejería de Agricultura facilita el acceso a las ayudas con una modificación de los requisitos
La Consejería de Agricultura llevó al último Consejo de Gobierno, del pasado martes, el régimen de flexibilizaciones adoptado de cara a facilitar el acceso a las ayudas de la PAC en un año que vuelve a ser muy difícil para los agricultores.
Según detallan desde el departamento que dirige Carmen Crespo, la situación al inicio de la campaña agrícola 2023/24 «sigue siendo extraordinaria», ya que se parte de una reserva hídricas en mínimos y un octubre con temperaturas muy altas.
Con el fin de ofrecer «un mayor respaldo» a los productores, se han establecido unos márgenes menos exigentes de cara a facilitar las siembras y la planificación de las distintas prácticas relacionadas con los cultivos y el pastoreo. Entre otras líneas, el Gobierno andaluz ha flexibilizado los criterios para las ayudas de los distintos ecorregímenes.
Pastoreo y carga ganadera
En el caso del pastoreo extensivo, la flexibilización vuelve a reducir de 120 días a 90 el periodo mínimo de pastoreo en toda la región. Igualmente, se reduce la carga ganadera mínima en la práctica de pastoreo extensivo, estableciéndose en 0,2 Unidades de Ganado Mayor (UGM) por hectárea en todos los pastos húmedos y 0,1 UGM/hectárea en todos los pastos mediterráneos en Andalucía. Asimismo, en el caso de que la normativa de espacios naturales protegidos establezca cargas ganaderas menores, la carga ganadera exigida se adaptará a dichos valores.
Por otro lado, para percibir la ayuda a la siega sostenible, se establece un período de no aprovechamiento de las superficies de pastos permanentes o temporales objeto de siega, durante el cual no se podrá realizar ninguna actividad en las mismas, que abarcará los meses de julio y agosto.

Especies mejorantes y barbecho
En cuanto a la práctica de rotación de cultivos con especies mejorantes, se rebaja el porcentaje de rotación de manera que, al menos, el 25% de la superficie de tierra de cultivo correspondiente debe presentar un cultivo diferente al cultivo previo.
De otro lado, se aumenta al 40%, la superficie máxima que puede representar el barbecho sobre la superficie de tierra de cultivo de la explotación.
La práctica de las cubiertas vegetales también se ha visto afectada, ya que se reduce el periodo en el que la cubierta vegetal deberá permanecer viva, acotándose entre el 15 de enero y el 14 de marzo de 2024.
La Junta de Andalucía especifica que en las cubiertas vegetales, espontáneas o sembradas, y de cubiertas inertes en cultivos leñosos, se permitirá anualmente una única labor superficial de tipo vertical en aquellos recintos Sigpac con una pendiente de media inferior al 20%.Dicha labor no supondrá la modificación de la estructura del suelo, manteniendo la obligación de que el suelo no permanezca desnudo.
Que esa labor sea posible es, detalla la Consejería, por la propia naturaleza de los suelos andaluces, con un contenido muy bajo en materia orgánica que reduce la capacidad de infiltración de los mismos favoreciendo, por tanto, la escorrentía.
Aplicación de fitosanitarios
Asimismo, en este caso dentro del eco régimen de «agroecología», se permite la aplicación de fitosanitarios sobre las superficies de espacios de biodiversidad en tierras de cultivo y cultivos permanentes en aquellos casos en la que la autoridad competente en materia de Sanidad Vegetal así lo determine por razón de la prevención, control o erradicación de plagas.
Desde la Junta recalcan que, en el caso de que la situación de sequía se agrave en los próximos meses, se solicitará que el Ministerio, como en la campaña anterior, habilite de forma armonizada medidas de flexibilidad adicionales.