El desajuste que está haciendo pagar de más a los autónomos agrarios
Seguridad Social

El desajuste que está haciendo pagar de más a los autónomos agrarios

Aquellos que tributan en el sistema de módulos pagan más cuota debido a una referencia que, dice el sector, es errónea. Tras año y medio sufriendo esta situación, reclaman una solución ante el perjuicio que supone a miles de agricultores

01/07/2024 Actualizado a las 07:43

En enero de 2023 entró en vigor el nuevo sistema de cotización a la Seguridad Social para autónomos (Real Decreto-Ley 13-2022), que se articula en función de los ingresos reales y no por cuotas fijas. Es decir, se trataba, en teoría y sobre el papel, de un buen sistema, ya que se cotiza en función de varios tramos determinados por el rendimiento de la actividad.

Sin embargo, los propios agricultores han detectado un desajuste a la hora de calcular el rendimiento anual de la actividad, que se establece a través del IRPF, y que afecta a la gran mayoría de autónomos agrarios, los que tributan a partir del sistema de módulos.

Y es que el reglamento establece que, para determinar el rendimiento computable, a través del que se articula posteriormente la cuota de autónomos, aquellos que tributen a través del sistema de Estimación Objetiva (módulos) deben tener en cuenta el rendimiento neto minorado (casilla 1539 del IRPF 2023), y no el rendimiento neto de la actividad (casilla 1553 del IRPF 2023).

«Al hacerlo de esta forma, se tienen en cuenta las reducciones de los ingresos por gasóleo, fertilizantes y amortizaciones, pero no otros índices que también influyen en los rendimientos de la actividad agraria, como la utilización de medios de producción ajenos, personal asalariado o uso de energía eléctrica en regadío», detalla Eduardo Martín, secretario general de Asaja Sevilla.

Además, se produce un agravio comparativo respecto a aquellos autónomos que cotizan en régimen de estimación directa y para los que sí tienen en cuenta el rendimiento neto de la actividad.

De hecho, en Asaja ponen dos ejemplos reales para mostrar cómo los autónomos agrarios en régimen de módulos (una gran mayoría) está pagando de más.

Agricultores en el campo / Asaja Sevilla

Casos reales

El primer caso, es el de un agricultor al que se le calcula un rendimiento neto minorado de 13.923,22 euros en el ejercicio 2021. Si, en lugar de ese, se hubiese tenido en cuenta el rendimiento neto de la actividad (incluyendo el índice corrector por tierras arrendadas, por utilización de medios ajenos y la reducción de carácter general), la cifra sería de 10.024,72 euros. Es decir, en vez de corresponderle una base mínima de cotización de 872,55 euros, se le adjudicaría una base mínima de cotización de 806,99 euros.

En el segundo caso, el rendimiento neto minorado teniendo solo en cuenta fertilizantes, gasóleo y amortizaciones, sería de 26.070,54; y si se tiene en cuenta la recolección externa y la reducción de carácter general, el rendimiento neto de la actividad sería de 14.664,68 euros.

Tras solicitar, hace varios meses, al Ministerio de Agricultura que mediase para solucionar el problema y no obtener respuesta, desde Asaja han enviado una carta al Secretario de Estado de Seguridad Social y Pensiones, con la intención «de obtener una solución a este efecto discriminatorio».

Índices correctores y reducciones

En concreto, los índices correctores que no se tienen en cuenta para calcular el rendimiento neto minorado son las siguientes: por utilización de medios de producción ajenos en actividades agrícolas (como la recolección o el arado, por ejemplo), por utilización de personal asalariado; por cultivos realizados en tierras arrendadas; por piensos adquiridos a terceros en más del 50%; por actividades de agricultura ecológica; por cultivos en tierras de regadío que utilicen, a tal efecto, energía eléctrica; empresas cuyo rendimiento minorado no supere los 9.9447,91 euros y el índice aplicable a determinadas actividades forestales.

Además, tampoco tiene en cuenta la reducción de carácter general (ahora en el 15%), la reducción para actividades económicas desarrolladas en la isla de La Palma, la reducción por agricultores jóvenes con ‘explotación prioritaria’ y los gastos extraordinarios por circunstancias excepcionales (incendios, inundaciones, hundimientos u otras circunstancias).

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