Actualizada la normativa de protección de las variedades vegetales
El Ministerio de Agricultura tendrá la obligación de custodia del material vivo y de las bases de datos
El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), un real decreto por el que se modifican los reglamentos de protección de variedades vegetales, y el reglamento del registro de variedades comerciales.
Mediante esta modificación, se refuerza la seguridad jurídica de los procedimientos administrativos de ambos registros en los que, bajo la competencia y supervisión del MAPA, intervienen diversos órganos para realizar los diferentes exámenes cuyos resultados sirven para resolver la inscripción de variedades vegetales.
Fines distintos a la inscripción en los registros de variedades
Cada uno de los documentos generados, con independencia de su naturaleza, se incorporarán al expediente administrativo, facilitando su tramitación y resolución por el MAPA. Además, se regula la utilización de cualquier información amparada por el derecho del obtentor para fines distintos a la inscripción en los registros de variedades, que deberá ser autorizada por el ministerio.

Esta modificación hace efectiva la competencia atribuida al MAPA relativa a la obligación de custodia de las colecciones de referencia, tanto en lo que se refiere al material vivo, como a las bases de datos que contienen las descripciones y determinaciones de cada variedad incluida.
Ambos reglamentos están regulados por los Reales Decretos 1261/2005, de 21 de octubre (variedades vegetales) y 170/2011, de 11 de febrero (variedades comerciales).