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Venta a pérdidas

Multa de hasta 100.000 euros a quien venda hortalizas por debajo del coste

Esta práctica se tipificará como infracción grave y, si es una práctica reiterada, puede pasar a ser «muy grave»

27/02/2020 Actualizado a las 10:59

La venta de un alimento por debajo de los costes de producción (venta a pérdidas) será sancionada con un máximo de 100.000 euros y un mínimo de 3.001 euros, según la modificación de la Ley de la cadena alimentaria que prohíbe esta práctica, reclamada ampliamente por el sector primario.

Lo ha detallado el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, tras la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, momento en el que ha detallado que vender a pérdidas se tipifica como infracción grave y, si es una práctica reiterada,puede pasar a muy grave», es decir, entre 100.001 y un millón de euros.

Más allá de las cuantías, el ministro ha puesto el foco en la publicidad de las sanciones graves y muy graves por la afectación a la «reputación» que puede tener para el operador que la incumpla.

La venta a pérdidas se penaliza, por tanto, de forma generalizada salvo en dos excepciones: los productos perecederos antes de que se estropeen y los descuentos y promociones aplicados por las cadenas de distribución al consumidor, que deberán ser asumidos por estas empresas y no se contabilizarán a la hora de calcular el coste.

La modificación incrementa las sanciones previstas si no se cierran los contratos por escrito: en la Ley de 2013 era una infracción leve y ahora pasa a ser grave.

Contratos con el coste de producción

Se obliga también a incluir en los contratos que firman los agricultores con los fabricantes y supermercados el coste de producción original, cuyo cálculo lo cerrarán de mutuo acuerdo las partes o bien se guiarán por índices de referencia públicos que, según el ministro, ya están disponibles y se irán ampliando.

En ese sentido, se podrán tener en cuenta factores tales como los costes de las semillas y las plantas de vivero, energía, herbicidas, fitosanitarios o costes laborales.

Además, a partir de ahora se prohíben las «promociones de carácter engañoso» que inducen a «error» sobre el precio e imagen de los productos.

Posible encarecimiento de los productos

Las organizaciones de consumidores y usuarios habían mostrado su preocupación por el posible encarecimiento del precio del producto en el punto de venta como consecuencia de estas medidas, pero Planas no cree que vaya a suceder: «Si cada uno consigue asumir su responsabilidad en la cadena alimentaria es perfectamente posible que el precio de venta al público no se incremente».