Así es la normativa que permite la venta directa de alimentos desde pequeñas explotaciones
COAG ha lanzado una campaña con la que pretende que los hombres y mujeres del campo conozcan el contenido del Real Decreto 1086/2020
La Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG) ha lanzado una campaña divulgativa para dar a conocer la nueva normativa que facilita la venta directa de alimentos desde pequeñas explotaciones agrícolas y ganaderas.
«Pretendemos que los hombres y mujeres del campo conozcan el contenido del Real Decreto 1086/2020 de flexibilización en materia de higiene alimentaria y cómo pueden beneficiarse del mismo para generar valor añadido vía venta directa de sus producciones al consumidor final. Se trata de una demanda histórica de determinados sectores productivos y permite la adaptación del denominado ‘paquete de higiene’ en nuestro país al nuevo contexto productivo y comercial», ha subrayado Andoni García, responsable de Mercados Agrarios de COAG.
El Real Decreto 1086/2020 de flexibilización en materia de higiene alimentaria facilita la aplicación de la normativa UE de forma armonizada en todo el territorio nacional y permite que establecimientos alimentarios pequeños, con poca producción o que elaboran productos tradicionales puedan alcanzar los objetivos de los reglamentos de higiene de una manera más sencilla. «Todo ello, sin menoscabo de la necesaria seguridad e higiene de los productos», explica COAG en un comunicado.
Novedades de la normativa
En cuanto a las principales novedades de esta normativa, COAG destaca que se simplifican los requisitos en seguridad e higiene alimentaria en los productos de origen animal para pequeñas explotaciones.
Asimismo, la nueva norma permite y facilita la adecuación de las técnicas tradicionales de producción y su puesta en el mercado de proximidad, con el fin de crear economía ligada al medio rural y contribuir a evitar la despoblación.
Por otro lado, el Real Decreto 1086/2020 establece requisitos estructurales para pequeños mataderos o móviles y para que puedan realizar sacrificios de aves y conejos criados en la propia granja. La autoridad competente establecerá controles en los establecimientos que produzcan carne picada, tras analizar el riesgo de los resultados de los muestreos.
Esta normativa favorece, además, el consumo de proximidad y los canales cortos de comercialización, permitiendo la venta directa de pequeñas cantidades de carne y de leche cruda a consumidores y consumidoras o a establecimientos de venta al por menor, que podrá realizarse en la propia explotación o en mercados ocasionales o periódicos, pero nunca a más de 100 kilómetros de distancia entre la explotación y los mercados.
Descripción de los productos
Respecto a la información a las personas consumidoras, el real decreto establece la obligación de que los productos deberán indicar: número Rgseaa (Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias), descripción de la mercancía (peso neto del producto, lugar de explotación, de caza o de ganadería de lidia) y fecha de sacrificio.
Por último, detalla COAG, se homogeneízan criterios para comidas preparadas para residencias de mayores, centros de día o comedores escolares; con comidas testigo para los estudios epidemiológicos.
Esta campaña llevada a cabo por COAG está patrocinada por del Ministerio de Consumo y cuenta con el apoyo y la colaboración de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición. Puedes acceder al video de la campaña aquí.