Ya se conocen las nuevas fechas (y exclusiones) del Cuaderno Digital de Explotación
El Ministerio de Agricultura saca a audiencia pública una modificación del decreto con todos los detalles
El Ministerio de Agricultura ha iniciado ya el trámite de audiencia e información públicas del procedimiento de consulta pública del proyecto de real decreto por el que se modifican cinco reales decretos relativos a la aplicación en España de la Política Agraria Común (PAC) de cara a las solicitudes de las ayudas para el año 2024. La audiencia pública se encuentra disponible en la web del Ministerio y permanecerá abierta hasta el próximo 8 de septiembre.
Uno de las modificaciones es la concerniente al Real Decreto 1054/2022, del 27 de diciembre, sobre el Cuaderno Digital de Explotación (CUE). En concreto, a través de esta vía, el Ministerio hace efectivo el aplazamiento de su entrada en vigor, que estaba prevista para el 1 de septiembre de este 2023 y que ya, en una reunión con las organizaciones agrarias, tenía previsto modificar.
Todos los detalles
De esta forma, según el documento de audiencia pública, la aplicación del cuaderno de explotación digital se realizará de forma progresiva a partir del 1 de septiembre de 2024 y a partir del 1 de septiembre de 2025. A partir de la primera fecha, el 1 de septiembre de 2024, el cuaderno de explotación digital será obligatorio para las explotaciones que:
- Cuenten con una superficie total, sumando la superficie de tierras de cultivo y de cultivos permanentes, superior a 30 hectáreas.
- Sobre el total de su superficie de tierras de cultivo y de cultivos permanentes, tengan
más 5 hectáreas de regadío. - Dispongan de cultivos bajo invernadero.
A partir de la segunda fecha, el 1 de septiembre de 2025, deben emplear el cuaderno de explotación digital el resto de los productores.
En todo caso, quedan excluidas de su uso obligatorio las explotaciones que cuenten con una superficie agraria total de 5 hectáreas, o menor, siempre y cuando tengan una superficie de regadío menor o igual a 1 hectárea, excepto cuando hay invernaderos.
Las explotaciones que solo tengan superficie de pastos, siempre que no apliquen fertilizantes en ellas, también quedan excluidas.
En algunos tipos de pastos, sobre todo en las zonas más húmedas, la fertilización es una práctica más frecuente, por ello, en estos casos en los que se aplican fertilizantes a los pastos, los titulares deberán anotar las aplicaciones de fertilización en el cuaderno digital a partir del 1 de septiembre de 2025.
Ayudas para fomentar su uso
Además, para fomentar el uso del cuaderno digital, el Ministerio de Agricultura prevé diferentes medidas, como una partida de ayudas específicas, que su utilización sea prioritaria a la hora de conceder ayudas estatales, y la puesta en marcha de convenios y acciones formativas con entidades colaboradoras.
Por otra parte, en las solicitudes de ayuda de la PAC, «los beneficiarios que empleen el cuaderno de explotación digital de manera voluntaria, estarán sometidos a menos controles y, en el caso de aplicarse penalizaciones, éstas serán más reducidas».
En total, se modifican un total de cinco reales decretos de cara a la solicitud para la PAC2024, que son los referidos al real decreto sobre derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad; sobre gestión y control de la PAC; de las intervenciones de pagos directos y requisitos comunes del Plan Estratégico de la PAC y la solicitud única; de condicionalidad; y el de regulación del Sistema de Información de Explotaciones y el cuaderno digital de explotación.