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Sequía

El Parlamento convalida la ampliación del decreto de sequía y de medidas urgentes para el campo

Movilizará 141,5 millones de euros para obras hidráulicas y otras medidas de emergencia

07/04/2022 Actualizado a las 07:40

El Parlamento de Andalucía ha aprobado convalidar el Decreto-ley 2/2022, de ampliación del decreto de sequía y de medidas urgentes que permitirá movilizar 141,5 millones de euros para obras hidráulicas y otras medidas de emergencia en apoyo a los sectores agrario y pesquero, y que aprobó el Consejo de Gobierno de 29 de marzo.

La consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, Carmen Crespo, ha defendido el decreto-ley ante el Pleno. El decreto ley define nuevas obras de interés de la Comunidad Autónoma frente a la sequía para aumentar la garantía de abastecimiento humano en los ámbitos territoriales de las demarcaciones hidrográficas intracomunitarias de Andalucía en situación de excepcional sequía.

Las obras de emergencia o urgencia se dividen en cuatro tipologías. El primer tipo permitirá generar nuevos recursos hídricos a través de las aguas regeneradas con la ejecución de tratamientos terciarios en depuradoras como El Peñón del Cuervo, en Málaga; Roquetas de Mar, Adra y El Ejido, en Almería; La Línea de la Concepción y Algeciras, en Cádiz; o Almuñécar y La Herradura, en Granada. Con estas obras se suman 20 hectómetros cúbicos al plan de aguas regeneradas de la Junta de 43,6 hectómetros cúbicos.

Obras para aumentar la capacidad de desalación

En un segundo grupo incluye obras para aumentar la capacidad de desalación con la sustitución de los bastidores de la desaladora de Marbella o la mejora de la de Almería para llevar agua al Bajo Andarax; el tercero prevé actuaciones de mejora de sondeos estratégicos para garantizar el abastecimiento humano, en Bajo Guadalhorce o Guadiaro, en el Campo de Gibraltar, y el cuarto permitirá mejorar las conducciones de agua y llevar recursos hídricos a determinadas zonas con problemas de suministro de agua para abastecimiento como el Bajo Guadalhorce o los municipios del Campo de Tabernas, una vez que el Gobierno de España ejecute la conducción de la Venta del Pobre a este municipio almeriense.

El decreto incluye también exenciones de cánones y tarifas para aquellos usuarios que vean reducida su dotación en el 50% o más. Esta medida se aplicará a los cánones de regulación y tarifa de utilización de este año 2022.

Se fija el régimen de explotación de las aguas subterráneas, regeneradas y desaladas. Se podrán ejecutar sondeos para obtener recursos adicionales y se establece la obligatoriedad de las aguas regeneradas siempre que estén en disposición de ser utilizadas por tratarse de un recurso estratégico en situaciones de sequía.

Cultivo en regadío/ Agrónoma

Medidas de emergencia

La segunda línea de actuación del decreto se centra en medidas de emergencia de apoyo al sector agrario, ganadero y pesquero en Andalucía.

Al sector ganadero se ofrecen medidas como la exención total de la tasa de laboratorio para que no tengan que abonar la tasa por servicios de diagnóstico, análisis y dictámenes en aplicación de programas nacionales o autonómicos de control, vigilancia o erradicación de enfermedades animales, desde el día de la entrada en vigor del decreto y hasta el día 31 de diciembre de este año.

Se contempla la exención temporal de la tasa por servicios facultativos veterinarios como la expedición de certificado para movimiento de animales vivos o la inscripción en el Registro de explotaciones ganaderas.

La Junta de Andalucía va a convocar ayudas destinadas a inversiones para reducir las consecuencias de la sequía en la ganadería a través de balsas, cubas de agua y construcción de abrevaderos. La dotación presupuestaria inicial es de 2 millones de euros, con una cuantía máxima por beneficiario de 40.000 euros.

Para el sector agrícola se introduce una exención temporal de la tasa por servicios facultativos agronómicos como la expedición del certificado fitosanitario de exportaciones, la autorización de replantación de viñedos, la inscripción en el Registro oficial de operadores de medios de defensa fitosanitarios, incluido el carné de aplicador de fitosanitarios; y la inscripción y renovación de viveros y productores de vegetales.