Publicado el primer listado de beneficiarios de las ayudas del Gobierno por las borrascas
Agricultura

Publicado el primer listado de beneficiarios de las ayudas del Gobierno por las borrascas

Los titulares incluidos en este listado deberán realizar una aceptación expresa en un plazo de 15 días hábiles, comprendido entre el 7 y el 27 de abril

31/03/2026 Actualizado a las 09:28

El Fondo Español de Garantía Agraria ha hecho público el primer listado de 140.559 agricultores y ganaderos potenciales beneficiarios de las ayudas directas extraordinarias para compensar la pérdida de renta en explotaciones agrarias de Andalucía y Extremadura por la cadena de borrascas de enero y febrero.

En concreto, este listado incluye las cuantías individuales que potencialmente podrán percibir los beneficiados, que oscilan entre los 5.000 y 25.000 euros. El Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes ante los danos causados por diversos episodios climáticos adversos, con especial incidencia en Andalucía y Extremadura, establece distintas líneas de apoyo para el sector agrario por un valor de 2.874 millones de euros, de los que 2.174 millones son ayudas directas.

El calendario de pagos, ha explicado el Ministro de Agricultura, Luis Planas, se completará a lo largo de abril con nuevas listas de beneficiarios, con el objetivo de abarcar el conjunto de damnificados por este episodio meteorológico.

De esta forma, Agricultura tiene previsto publicar un segundo listado próximamente, por lo que aquellos titulares de explotaciones que no figuren en esta primera relación deberán esperar al siguiente.

Aceptación expresa en un plazo de 15 días

Así, para poder percibir la ayuda, los titulares incluidos en este listado deberán realizar una aceptación expresa en un plazo de 15 días hábiles, comprendido entre el 7 y el 27 de abril, ambos inclusive. La aceptación de la ayuda lleva implícita la declaración responsable en la cual el beneficiario confirma expresamente que ha sufrido daños en su explotación como consecuencia de los fenómenos meteorológicos adversos y que el importe de la ayuda que tiene asignada no excede del coste de dichos daños.

Agricultura ha señalado que este paso es imprescindible, ya que estas ayudas públicas están destinadas exclusivamente a compensar pérdidas reales y acreditadas en las explotaciones afectadas.

 

 

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