X
Aplicación de la ley

Unión de Uniones denuncia que la nueva Ley de la cadena alimentaria incumple la directiva europea

Considera que se ha traspuesto incorrectamente el ámbito de aplicación y ciertas normas sobre la publicidad de las sanciones

20/12/2021 Actualizado a las 11:13

Unión de Uniones ha presentado una denuncia ante la Comisión Europea a raíz de la publicación el pasado día 15 en el BOE de la Ley 16/2021 (por la que se reforma a la Ley 12/2013 de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria) puesto que la considera «contraria a lo dispuesto en parte de la Directiva (UE) 2019/633 relativa a las prácticas desleales en las relaciones entre empresas en la cadena de suministro agrario y alimentario».

No obstante, la organización agraria detalla en un comunicado que la denuncia afecta al ámbito de la aplicación de la Ley, a la no publicidad de todas las sanciones y a la adaptación de los contratos ya existentes a la fecha de la entrada en vigor de la ley.

Para la organización, «la Ley publicada vulnera lo establecido por la directiva en cuanto a su ámbito de aplicación ya que establece una exclusión absoluta, no contemplada en la norma europea, en cuanto a la persecución de posibles prácticas desleales a las cooperativas y otras entidades asociativas agrarias, así como a las empresas de hostelería y restauración entre más de dos millones de euros y diez millones de euros de volumen anual de facturación y las de alojamiento de entre más de 2 millones de euros y 50 millones de euros de volumen anual de facturación».

«Incorrecciones» que destaca la organización

Además, Unión de Uniones insiste en un comunicado en que esa ley «deja fuera de la protección de la Ley a los contratos de depósito agrarios y alimenticios, muy frecuentes sobre todo en algunos sectores; cuando según la directiva, sus prohibiciones son aplicables cualquiera que sea la normativa que regule el contrato».

Por otra parte, señalan que «la nueva Ley solo prevé que el Gobierno publique únicamente las resoluciones sancionadoras firmes de las infracciones graves y muy graves. Sin embargo, la directiva atribuiría, tanto a la Agencia de Información y Control Alimentarios AICA y a las autoridades competentes de las comunidades autónomas, facultades más amplias para hacer públicas de forma periódica sus decisiones sobre la constatación de la existencia de infracciones y la exigencia de ponerle fin, el inicio de procedimientos sancionadores y la imposición de infracciones leves o medidas provisionales».

La organización igualmente aprecia  en el proceso de adaptación de algunos contratos a lo contenido en la directiva, derivadas de que España ha traspasado los plazos de transposición (1 de mayo de 2021) y de aplicación (1 de noviembre de 2021).

Cadena de manipulación de caquis / Agrónoma

Advertencias

En este sentido, recuerdan que la propia organización advirtió a todos los grupos parlamentarios, tanto durante el trámite de enmiendas en el Congreso de los Diputados como en el Senado, que el entonces proyecto de ley a iniciativa del Gobierno del Estado contenía propuestas de disposiciones que no se ajustaban a lo establecido en la mencionada Directiva (UE) 2019/633.

Por ello, lamenta que «los grupos parlamentarios de mayor representación en las Cortes Generales, incluidos los que forman parte del Gobierno de coalición, impidieran la aprobación de las enmiendas sugeridas por la organización para superar los déficits legales del texto legislativo, lo que deja, para ciertos casos, desamparados a los agricultores y ganaderos frente a las prácticas desleales a la cadena alimentaria», concluye Unión de Uniones.