Nueva normativa para los centros de desinfección del transporte de animales
El Consejo de Ministros aprueba un real decreto que flexibiliza los requisitos en los centros de menor riesgo
El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto por el que se regulan las condiciones de autorización y funcionamiento que deben cumplir los Centros de Limpieza y Desinfección de los vehículos por carretera de animales vivos, productos para la alimentación de animales de producción y subproductos de origen animal no destinados a consumo humano.
Entre otros aspectos, el texto flexibiliza los requisitos en algunos centros de menor riesgo, «con el fin de facilitar su instalación y funcionamiento», según explica el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en un comunicado.
Entre esos centros de menor riesgo se incluyen aquellos que prestan servicio a mataderos de bajo riesgo, el transporte de perros de rehalas, recovas y jaurías, transporte por carretera de équidos en vehículos de capacidad máxima de dos animales, así como équidos que participen en actividades deportivas durante un periodo inferior a 72 horas.
La nueva norma establece, asimismo, excepciones en relación a la obligación de realizar la limpieza y desinfección de los vehículos en el centro autorizado más próximo al lugar donde se ha descargado a los animales transportados, para aquellos casos en los se desplacen desde explotaciones que disponen de un centro habilitado para tal fin, o pertenezcan a agrupaciones con centros habilitados de uso restringido, y los vehículos en ambos casos vuelven directamente a estas explotaciones de origen.
Registro nacional
Como novedad, el real decreto ofrece, además, la posibilidad de registrar y utilizar nuevos métodos de desinfección, «siempre que se pruebe su eficacia y garanticen la inactivación de los agentes patógenos para todas las especies y categorías para las que estén autorizadas los centros».
Mediante esta nueva normativa, se establece también un Registro Nacional de centros de limpieza y desinfección, que mantendrá accesible al público la información sobre la ubicación y los servicios prestados por cada centro.
Finalmente, se pondrá en marcha un nuevo Plan Nacional de Control que vigilará que los centros autorizados y registrados dispongan de los adecuados equipos e instalaciones para llevar a cabo su función, y que «se realice adecuadamente».
Con estas medidas, explican desde el Ministerio, se pretende mejorar la limpieza y desinfección de los vehículos de transporte por carretera de animales, de manera que se reduzcan las posibilidades de introducción y propagación de las enfermedades infecciosas del ganado, y favoreciendo la reducción del consumo