Un concurso de acreedores en el mundo del fútbol no resulta nuevo. Más bien, se ha convertido en una norma por muchos puntos de la geografía española. Y en la mayoría de los casos ha ofrecido resultados satisfactorios. Por eso, el sometimiento del Córdoba a un proceso voluntario ha venido precedido de muchas teorías sobre lo que podría acontecer.
Desde ayer, esas teorías se irán poniendo en práctica en función a las premisas que dictaminen los administradores, quienes serán los encargados de establecer las pautas de este nuevo régimen que se establecerá en el Córdoba hasta que finalmente liquide la deuda. Por su puesto, todas las interrogantes encuentran sus respuestas.
¿Se puede vender?
Sí. Prasa, que sigue conservando la propiedad del club, dispone de toda la potestad para decidir un cambio de manos en el Córdoba. Eso sí, los administradores nombrados por el juez deberán estar al corriente de la situación. Obviamente, una compraventa deja la opción de que el nuevo dueño pudiera sacar del concurso al club o mantenerlo con el fin de hacer más llevadero el pago.
En este sentido, se establece un paralelismo en cuanto a la gestión, que seguirá estando en manos del consejo de administración. Los administradores, en este caso, deberán dar el visto bueno a las distintas operaciones que se puedan ejecutar desde los despachos.
El papel del Real Madrid
Dentro del triunvirato administrativo, falta por conocer a quién asignará el Real Madrid para acompañar a Daniel Pastor y Alberto Escudero. La entidad blanca entra como principal acreedor privado del Córdoba y en representación de este grupo. Concretamente, la deuda es de 500.000 euros en concepto del traspaso del central Agus en verano de 2009. Según se establece en la Ley Concursal, el Madrid deberá asignar a un profesional dedicado a la economía, la auditoría o la abogacía con más de cinco años. No tiene que ser alguien del club.
Hoja de ruta
Con el anuncio oficial por parte del TSJA, los acreedores de la entidad blanquiverde disponen de 30 días para presentar la deuda. En un principio, se ha establecido un pasivo de 14,6 millones de euros, si bien durante este tiempo se establecerá una cantidad real sobre la que posteriormente establecerá el convenio. En un principio, el Córdoba planeó un proceso de ocho años de duración.
Prelación de pagos
Según está establecido en la Ley Concursal, el orden de cobro de la deuda divide los créditos en tres clases: privilegiados (especial y general), ordinarios y subordinados.
Entre los privilegiados especiales estará Hacienda, ya que tenía un crédito protegido por una prenda sobre los derechos televisivos (artículo 90.1.3). En el segundo escalón, en los privilegiados generales, aparecen los salarios de los jugadores, aunque sólo sobre una parte concreta, y las indemnizaciones por despido. Posteriormente, están las deudas con Hacienda y Seguridad Social, excluidas, obviamente, las anteriores (art. 91).
Concretamente, en el Córdoba CF ahora llegarán una serie de ingresos embargados anteriormente como podría ser el de los derechos de televisión (pagos mensuales de unos 140.000 euros). Según lo presupuestado, se podrían liquidar como mínimo dos de las tres nóminas pendientes. Además, también se garantiza el pago durante el tiempo de intervención judicial.
Sin descenso administrativo
Uno de los primeros trabajos de los administradores es dar luz al presupuesto del próximo ejercicio. Además de levantarle al club la prohibición de fichar por impagos, también le garantiza la permanencia impidiendo un descenso administrativo.
Esta circunstancia afectará a los contratos de los jugadores, puesto que los administradores podrían plantear un tope salarial. Por lo tanto, habrá casos en los que algunos profesionales se verán obligados a renegociar a la baja la cuantía de sus contratos. En el caso de que no acepten las nuevas condiciones, se abre una posibilidad de rescisión de contrato.
Los pequeños accionistas
El reparto de acciones en el Córdoba siempre ha dejado en un papel secundario a los pequeños accionistas. En esta ocasión, no va a ser ninguna excepción.
En un principio, los administradores establecerán contacto con la propiedad y el Consejo de Administración a la hora de realizar los movimientos. Es decir, que sólo la «buena voluntad» por parte de los gestores del club dará pie a que los pequeños accionistas reciban información sobre lo que se vaya haciendo dentro de la entidad durante el tiempo que dure el proceso.



