El olivar andaluz, en peligro: Comienza la salida de adultos de barrenillo de los restos de poda
La RAIF recuerda que la leña de poda del olivo que no haya sido triturada o destruida no puede estar en el campo después del 1 de mayo
La Red de Alerta e Información Fitosanitaria de Andalucía (RAIF) ha alertado de que en la comunidad autónoma se está produciendo la salida de adultos de barrenillo del olivo (Phloeotribus scarabaeoides) de los restos de poda depositados en las leñeras.
«Estos adultos se dirigen hacia los olivares cercanos, siendo los daños más graves los provocados por las galerías nutricias realizadas en los brotes del olivo, que los adultos de esta nueva generación utilizan para alimentarse entre los meses de mayo y julio, provocando rotura de tallos, pérdidas de cosecha y debilitamiento general del árbol en el caso de que los ataques sean intensos», explica la RAIF en un comunicado.
Ante esta circunstancia, desde la Junta de Andalucía señalan que «se debe estar vigilante durante este periodo, prestando especial atención a la salida de los adultos de restos de poda, árboles y/o palos cebos, observando aquellas plantaciones que se encuentren en zonas endémicas como olivares próximos a cascos urbanos o leñeras aisladas, para tomar las medidas oportunas».
Legislación y consideraciones
Asimismo, desde la RAIF recuerdan que la legislación vigente obliga que, entre el 1 de mayo y el 31 de octubre, donde haya leña y restos procedentes de la poda anual, deben de tomarse las medidas reguladas por la ley 43/2002 de 20 de noviembre de Sanidad Vegetal, y desarrollada en la comunidad autónoma de Andalucía mediante la Orden de 2 de noviembre de 1981 que resume y determina las normas a seguir.
En consecuencia, y al objeto de recordar el cumplimiento de las obligaciones en esta materia, la Red de Alertas e Información Fitosanitaria de Andalucía recomienda tener en cuenta una serie de consideraciones, entre las que se especifican que la leña de poda del olivo que no haya sido triturada o destruida no podrá estar en el campo después del 1 de mayo.

¿Cómo almacenar los restos de poda?
Además, detalla que «el almacenamiento de la leña para su aprovechamiento doméstico o industrial es el punto fundamental y, por ello, es necesario y obligatorio el cumplimiento de las siguientes medidas previstas en la vigente legislación en cuanto al almacenamiento de la leña, que deberá hacerse en leñeras herméticamente tabicadas y cerradas; zanjas o trincheras, cubiertas con al menos 25 centímetros de tierra; albercas, quedando en este caso la leña cubierta de agua; por cualquier otro método que suponga un aislamiento hermético de la leña al exterior».
La RAIF considera «muy importante tomar estas medidas, ya que en los olivares próximos a acumulaciones de leña, se producen daños muy señalados». Asimismo, recuerda que «la realización de tratamientos fitosanitarios es prácticamente ineficaz si se mantienen las leñas mal acondicionadas».
Por ello, y para hacer mayor hincapié en las actuaciones a acometer para detener esta plaga, desde la Junta de Andalucía ponen a disposición de los agricultores otra serie de materiales divulgativos e informes para ampliar esta información.