El Ministerio vuelve a poner sobre la mesa la retirada de aceite de oliva si hay «producción elevada» en la campaña 2026-27
En plena polémica por las cifras de comercialización, el departamento de Luis Planas abre a consulta pública la Norma de Comercialización para la próxima campaña
En plena polémica por las últimas cifras oficiales de las comercialización de aceite de oliva, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha iniciado el trámite de consulta pública previa relativa a la elaboración de una norma de comercialización del aceite de oliva para la campaña 2026/2027, con el fin de recabar la opinión del sector y todos los agentes interesados.
Al igual que el año pasado, el departamento que dirige Planas se ha remitido al Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la Organización Común de Mercados de los productos agrarios, recoge, en su artículo 167 bis, la posibilidad de que los Estados miembros productores puedan establecer normas de comercialización para regular la oferta, con el fin de mejorar y estabilizar el funcionamiento del mercado común de los aceites de oliva.
En España, el Real Decreto 84/2021 de 9 de febrero, establece las normas básicas para la aplicación de dicho Reglamento europeo e indicando que, cuando las condiciones de mercado lo justifiquen y una vez consultadas las comunidades autónomas y las organizaciones representativas del sector de ámbito nacional, podrán establecerse normas de comercialización para mejorar la estabilidad y funcionamiento del mercado del sector para una campaña de comercialización determinada, disponiendo la retirada de producto hasta la campaña siguiente y/o el destino a uso no alimentario.
Ante una producción que puede ser elevada
Dados los tiempos de tramitación normativa, y ante la perspectiva de una eventual producción elevada para la próxima campaña, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha estimado necesario comenzar a trabajar en el diseño de esta norma, de forma que esté adoptada, tal y como establece el Real Decreto 84/2021, a 31 de octubre de 2026, para su aplicación, si fuera preciso, en la cosecha 2026/2027.
El Ministerio valora, pues, que la próxima campaña tenga una producción significativamente superior a los niveles medios de las últimas campañas, gracias a unas condiciones meteorológicas favorables en las principales zonas olivareras del país, con abundantes precipitaciones desde el comienzo del año y temperaturas suaves durante gran parte de la primavera, que han favorecido una buena floración y un buen cuajado del fruto.
En todo caso, su aplicación quedará supeditada a la constatación de estimación de sobreoferta, así como de posibles desajustes de mercado que pueda conllevar. El año pasado, se aprobó una norma de comercialización para la campaña 2025/2026 que contemplaba la posible retirada de producto del mercado que finalmente no llegó a aplicarse porque no se dieron los volúmenes de producción exigidos para la utilización de este mecanismo. La consulta pública está disponible en este enlace hasta el próximo día 3 de julio.