Economía

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Movilización masiva de las Fiscalías, que acusan de sedición a los huelguistas

Dos mil afectados crean una plataforma para demandar a los controladores por daños y perjuicios

Día 05/12/2010
La Fiscalía de Madrid ha acordado citar a declarar a partir de este jueves a todos los controladores que abandonaon sus puestos de trabajo para valorar si los hechos pudieran ser constitutivos del delito de sedición, previsto en la Ley Penal y Procesal de Navegación Aérea de 1964, según el Fiscal Provincial de Madrid, Eduardo Esteban. La citación se enmarca en las diligencias de investigación número 322/10 incoadas como consecuencia de los hechos ocurridos en los aeropuertos de Madrid-Barajas y Torrejón de Ardoz a raíz del abandono de sus funciones por parte de los controladores aéreos, alegando falta de adecuación de sus condiciones psico-físicas para el desempeño del cargo. El Ministerio Público argumenta su posición en la finalidad de averiguar «las causas de dicho abandono, dada la gravedad de los hechos y como consecuencia de los informes iniciales elaborados por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado». A la vista del resultado de las diligencias, la Fiscalía de Madrid adelantó que adoptará las medidas que estime procedentes con el rigor y la proporcionalidad adecuados a las conductas desplegadas y al gran número de ciudadanos perjudicados en sus derechos. Las Fiscalías de Cataluña, Valencia y Baleares también han abierto diligencias por posible sedición.
Movilizados por decreto
Una vez decretado el Estado de Alarma, los controladores pasan a ser movilizados, por lo que podrían haber incurrido en un delito de «sedición» previsto en el Código Penal Militar. Este delito, que viene recogido en el artículo 91 del citado Código, establece: «Los militares que, mediante concierto expreso o tácito, en número de cuatro o más o que, sin llegar a este número, constituyan al menos la mitad de una fuerza, dotación o tripulación, rehusaren obedecer las órdenes legítimas recibidas, incumplieren los demás deberes del servicio o amenazaren, ofendieren o ultrajaren a un superior, serán castigados con la pena de uno a diez años de prisión, cuando se trate de los meros ejecutores, y con la de dos a quince cuando se trate de los promotores, del cabecilla que se ponga al frente de la sedición y, en todos los casos, si se trata de oficiales o de suboficiales». «Si los hechos tuvieren lugar en situación de peligro para la seguridad del buque o aeronave, frente a rebeldes o sediciosos, acudiendo a las armas o agrediendo a superior, las penas serán de diez a veinte años de prisión para los meros ejecutores y de diez a veinticinco para los promotores, el cabecilla y, en todos los casos, para los oficiales y suboficiales», añade el precepto. Si le causare la muerte o lesiones al menos graves a un superior, se impondrá la pena de quince a veinticinco años de prisión a los promotores y de diez a veinticinco años a los meros ejecutores», concluye.
Plataforma ciudadana
Por otra parte, más de dos mil personas, afectadas por la cancelación de vuelos debido a la falta de controladores aéreos en sus puestos de trabajo, se han puesto en contacto con el bufete de abogados Cremades & Calvo Sotelo para interponer una demanda colectiva contra quienes han perpetrado esta huelga salvaje. Uno de los socios de Cremades & Calvo Sotelo, Luis Vericat, señaló ayer en Barajas que «estas personas se están agrupando para iniciar una reclamación contra los controladores aéreos, contra su patrimonio personal y contra sus compañías de seguros», ya que en su opinión actuaron «a sabiendas de que causaban un grave perjuicio a miles de pasajeros». El primer objetivo de esta demanda es que se solucione la situación de «caos» actual, y el segundo, que se indemnice correctamente a los afectados. Un equipo formado por 15 abogados estudia ya la demanda civil sin descartar, según Vericat, abrir un procedimiento penal, ya que «pueden cohabitar ambos». Este abogado ha explicado que la noche del viernes un matrimonio madrileño, Julián Andrés y María del Mar Zapatero, presentó una denuncia penal en el Juzgado de Guardia de Plaza de Castilla contra los controladores aéreos por el abandono de su puesto de trabajo, lo que podría ser constitutivo de un delito recogido en el artículo 409 del Código Penal. El matrimonio no pudo recoger a sus dos hijos de 10 y 11 años, bloqueados en Irlanda sin poder regresar.
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